Convocatorias

Educación con inclusión

Educación con inclusión

lunes, 24 de abril de 2023

ANEXO 7

GOBIERNO MUNICIPAL DE GUADALAJARA

COORDINACIÓN GENERAL DE COMBATE A LA DESIGUALDAD

DIRECCIÓN DE INCLUSIÓN Y ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD

REGLAS DE OPERACIÓN  PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023

PROGRAMA PRESUPUESTARIO: MIR 1. INCLUSIÓN Y ATENCIÓN A GRUPOS VULNERABLES

COMPONENTE 4. APOYOS EN ESPECIE A PERSONAS TAPATÍAS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD ENTREGADOS.

ACTIVIDAD: 4.1. GESTIÓN DE APOYOS EN ESPECIE A ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD DE NIVEL BÁSICO, MEDIO SUPERIOR Y SUPERIOR.

  1. Nombre del Programa.
    1.  Nombre oficial: “Equidad Educativa”
    2. Nombre de divulgación:  “Equidad Educativa”
  1. Marco jurídico.

Con fundamento en los artículos 1, 3, 4, 115 fracción II y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 37 fracción II y 79 párrafo segundo de la Ley del Gobierno y Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco; artículo 202 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco; artículo 129 fracción 2, 130, 211, 235 sexies y 235 novies del Código de Gobierno Municipal de Guadalajara; artículos 1, 83, 84 bis del Reglamento de Presupuesto y Ejercicio del Gasto Público en Guadalajara, se emiten las reglas de operación del programa “Equidad Educativa” para el Ejercicio Fiscal del año 2023.

2.1 Introducción

La justicia e igualdad social son prioridad dentro del Gobierno Municipal de Guadalajara, por ello, a través de la Coordinación General de Combate a la Desigualdad, se pretende contribuir para mejorar la calidad de vida de las Personas con Discapacidad, mediante la implementación de programas estratégicos.

De acuerdo con el Censo Nacional de Estadística y Geografía, INEGI (censo 2020)  en el Municipio de Guadalajara viven 73, 438 Personas con Discapacidad, correspondiente al 5.3% de la población municipal.

La inclusión el tema de discapacidad en el Censo de Población y Vivienda 2020 se basó en el grupo en Washington (WG), de las estadísticas sobre este tema, que forma parte de la Comisión de Estadísticas de las Naciones Unidas, quienes  propusieron un conjunto de preguntas basadas en la perspectiva de la Clasificación Internacional de Funcionamiento de la Discapacidad y de la Salud (CIF), para indagar la dificultad que presenta una persona para realizar cinco actividades consideradas básicas de la vida cotidiana, (caminar, ver, escuchar, poner atención y atender el cuidado personal).

Toda persona debe recibir educación por ser uno de los derechos más importantes en su desarrollo y la base para obtener conocimientos que detonen sus habilidades y destrezas.

Mediante el Sistema Educativo Nacional, se han logrado importantes avances en contra del analfabetismo y del rezago educativo, sin embargo, éstos siguen siendo un lastre que afectan a los sectores más vulnerables de la población, y en específico para las personas con discapacidad.

A pesar de que muchas de ellas en esta situación han sido un orgullo para México y ejemplo de superación a nivel mundial, siguen enfrentando barreas estructurales para su desplazamiento, encarando la incomprensión, la indiferencia y la discriminación que impactan negativamente en todos los aspectos de su vida, y en especial en su educación.

De acuerdo a los datos del INEGI, más de 7.7 millones de personas enfrentan algún tipo de discapacidad; de este universo, 2 de cada 10 personas no saben leer ni escribir, y de ellos, se estima que el 20.0% son hombres y 24.0% son mujeres. En cuanto al nivel de educación predominante de la población con discapacidad, de 15 años y más, el 45% ha concluido la primaria; el 23% no tiene escolaridad, y sólo el 7% cuenta con educación superior.

Al respecto, la Secretaría de Educación Pública cuenta con estrategias específicas y diferenciadas para reducir la tasa de analfabetismo en este sector de la población, reconociendo que el 80% de los niños y adultos con discapacidades no asisten a las escuelas, sin embargo, ante los retos obligados por la pandemia, en la educación a distancia no se tiene aún claro cuál sería la estrategia universal para su atención.

Es evidente el rezago en el que se encuentran las Personas con Discapacidad en todos los aspectos de la vida cotidiana. Una de las problemáticas más recurrentes en el ámbito educativo de un estudiante con discapacidad  es el acceso a la información, circunstancia que dificulta el proceso de enseñanza - aprendizaje en todos los niveles  educativos, sumado a la falta de herramientas tecnológicas accesibles;  que dan por resultado la violación a los derechos  de segunda generación.

El Gobierno Municipal de Guadalajara hace reconocimiento a la comunidad estudiantil con discapacidad del municipio y busca incidir en este sector de la población que actualmente no se encuentra considerado dentro de ninguna política social específica. Es por ello que la coordinación de Combate a la Desigualdad diseña estrategias para promover la educación inclusiva.

2.2 Presentación del Programa

El programa de “Equidad Educativa” busca proporcionar Herramientas de apoyo que permitan a las Personas con Discapacidad que vivan en el Municipio de Guadalajara desarrollar sus habilidades educativas, cognitivas, de comunicación y sociales.

Consta de la entrega de 400 Herramientas, las cuales tienen integrado en su sistema operativo funciones de accesibilidad digital; estos dispositivos serán entregados a Personas con Discapacidad que se encuentren estudiando educación básica, media superior, superior (licenciatura), formación laboral y aquellas Personas con Discapacidad que se encuentren en proceso de acompañamiento psicosocial, que necesiten de herramientas de asistencia tecnológica para la comunicación aumentativa y/o alternativa.

El periodo de entrega para este programa será desde la apertura de la convocatoria y hasta el final de su vigencia, o hasta agotar el techo presupuestario.

3. Área responsable del gobierno municipal.

La Coordinación General de Combate a la Desigualdad a través de la Dirección de Inclusión y Atención a Personas con Discapacidad y la Jefatura de apoyo del programa denominado “Equidad educativa” y conocido como “Equidad educativa”, serán las responsables de administrar y coordinar las actividades relacionadas a la correcta implementación del programa.

4. Presupuesto a ejercer.

La Unidad Ejecutora del Gasto (UEG) 03 Dirección de Inclusión y Atención a Personas con Discapacidad tendrá para este programa, un monto de hasta $1,500,000.00 (Un millón quinientos mil pesos 00/100 M.N.), recurso con cargo al capítulo 4000 de transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas sociales, etiquetados en la partida 4411 de ayudas a personas, el cual cuenta con viabilidad (suficiencia) presupuestal determinada por la Dirección de Finanzas de la Tesorería Municipal de Guadalajara mediante el oficio TES/DF/045/2023 en cumplimiento al punto décimo primero del decreto municipal D 26/16BIS/22 de fecha 22 de Noviembre 2022, correspondiente al Presupuesto de Egresos del municipio de Guadalajara para el ejercicio fiscal del año 2023.

5. Objetivos del Programa

5.1 Objetivo General

Mejorar la calidad de vida de las Personas con Discapacidad por medio de herramientas tecnológicas que permitan acceder a una educación, formación y comunicación  inclusiva, de calidad y con información accesible.

5.2 Objetivos específicos:

  1. Contribuir en el proceso de enseñanza – aprendizaje en formato accesible para las y los estudiantes con discapacidad del nivel educativo básico, media superior, superior (Licenciatura), formación laboral y las  Personas con Discapacidad que se encuentren en proceso de acompañamiento psicosocial, que necesiten de herramientas de asistencia tecnológica para la comunicación aumentativa y/o alternativa.
  2. Documentar datos de educación y condición económica de Personas con Discapacidad que viven en el Municipio de Guadalajara mediante la recopilación de datos como lo son el nivel académico, promedio escolar, tipo de discapacidad, grado de discapacidad, edad y género.

6. Problema público que atiende

De acuerdo con el Censo Nacional de Estadística y Geografía, INEGI (censo 2020)  en el Municipio de Guadalajara viven 73,438 Personas con Discapacidad, correspondiente al 5.3% de la población municipal, este programa contribuye a disminuir la falta de acceso a la educación, información y comunicación incluyente de las Personas con Discapacidad del Municipio, a través del uso de las herramientas tecnológicas accesibles que faciliten el proceso de enseñanza-aprendizaje de manera virtual o presencial.

7- Cobertura  geográfica

El programa operará en el Municipio de Guadalajara, Jalisco, México.

8. Población objetivo

400 Personas con discapacidad que viven en el Municipio de Guadalajara y se encuentren estudiando el nivel educativo básico, media superior, superior (Licenciatura), formación laboral y las  Personas con Discapacidad que se encuentren en proceso de acompañamiento psicosocial, que necesiten de herramientas de asistencia tecnológica para la comunicación aumentativa y/o alternativa.

9. Tipos de apoyo

Entrega de apoyo en especie.

10. Montos y Topes máximos

 Una tableta electrónica con accesibilidad digital para cada uno de los beneficiarios.

11. Criterios de elegibilidad y requisitos

 Requisitos para registrarse

  1. Ser Persona con Discapacidad con domicilio en el Municipio de Guadalajara
  2. Estar estudiando educación básica, media superior, superior (Licenciatura), formación laboral y las  Personas con Discapacidad que se encuentren en proceso de acompañamiento psicosocial, que necesiten de herramientas de asistencia tecnológica para la comunicación aumentativa y/o alternativa;
  3. Requisitos Documentales:
  1. Personas con Discapacidad que sean estudiantes de educación básica, media superior, superior (Licenciatura) o formación laboral deberán presentar una constancia de estudios o Kardex certificado por la institución educativa;
  2. En caso de ser Persona con Discapacidad que se encuentren en proceso de acompañamiento psicosocial, deberá presentar constancia de terapia donde se argumente la necesidad del uso de un sistema alternativo y/o aumentativo de comunicación, el cual debe de ser emitido por un profesional con licenciatura en psicología y deberá contener cedula profesional del terapeuta y firma del mismo.
  3. Contar con su Certificado de Discapacidad o en su defecto credencial de discapacidad, emitida por el DIF Jalisco.

 

  1. Presentarse en las oficinas de la Dirección de Inclusión y Atención a Personas con Discapacidad, ubicadas en Calle 5 de febrero 249, colonia las Conchas en esta ciudad de Guadalajara, dentro del horario de atención de las 09:00 a las 15:00 horas, de lunes a viernes; con los siguientes documentos en original y copia para cotejo:

 

  1. Identificación oficial con fotografía vigente de padre o tutor (credencial de elector, pasaporte o cedula profesional);
  2. Acta de Nacimiento del solicitante
  3. Comprobante de domicilio con vigencia no mayor a tres meses para acreditar la residencia de ambos en el Municipio de Guadalajara; los cuales pueden ser:

 

  1. Recibo de servicio de energía eléctrica (CFE) vigente;
  2. Recibo de servicio de agua potable y alcantarillado (SIAPA);
  3. Teléfono fijo o servicio de cable de cualquier compañía;
  4. Pago de predial del año en curso a nombre del solicitante y/o de algún familiar directo
  5. Constancia de Residencia emitida por la Secretaria General del Municipio de Guadalajara.
  1. Firmar la carta de recibido el día de la entrega del apoyo.
  2. Deberá de firmar una carta bajo protesta de decir la verdad.

 

12. Criterios de selección.

 

  1. Ser Residente del Municipio de Guadalajara
  2. Ser estudiante activo con discapacidad del nivel básico, medio superior, superior (Licenciatura) o formación laboral; en su defecto ser Persona con Discapacidad que se encuentren en proceso de acompañamiento psicosocial y que requiera un sistema alternativo y/o aumentativo de comunicación.
  3. Las Personas con Discapacidad deberán estar registrados e incorporados en el padrón de personas posibles beneficiarias del programa;
  4. Acreditar la discapacidad mediante Certificado de Discapacidad emitido por la Unidad de Valoración de Personas con Discapacidad, dependiente de la Secretaría de Salud, mismo que deberá contener la existencia de discapacidad, su naturaleza, su grado y temporalidad o en su defecto credencial de discapacidad, emitida por el DIF Jalisco.
  5. Contar con toda la documentación integrada en su expediente.
  6. Una vez cumplidos los puntos anteriores, los beneficiarios serán seleccionados de acuerdo al orden cronológico que fue recibida la documentación en las oficinas de la Dirección de Inclusión y Atención a Personas con Discapacidad, ubicadas en Calle 5 de febrero 24o, colonia las Conchas en esta ciudad de Guadalajara. 

 

12.1 Restricciones.

 

No podrán aspirar a ser personas beneficiarias del programa:

 

  1. Personas con Discapacidad cuyo domicilio se ubique fuera de los límites de la ciudad de Guadalajara.
  2. Estudiantes con Discapacidad que fueron beneficiarios en la edición del programa Equidad Educativa 2022.

13. Derechos, obligaciones y sanciones de las personas beneficiarias.

13.1  Derechos:

  1. Recibir la información sobre la operación del programa;
  2. Recibir todos los apoyos del programa sin costo o condicionamiento alguno; y
  3. Recibir un trato digno por parte de los funcionarios.

13.2 Obligaciones:

  1. Proporcionar información verídica;
  2. Firmar el recibo de apoyo, en el periodo y lugar que la Dirección de Inclusión y Atención a Personas con Discapacidad  determine.
  3. Notificar a la Dirección de Inclusión y Atención a Personas con Discapacidad, cualquier cambio de domicilio y/o teléfono tanto del beneficiario como del padre o tutor en un plazo no mayor a 30 días hábiles de la fecha de cambio.
  4. Cumplir con todos los lineamientos del programa;
  5. Atender las visitas de la dependencia con personal debidamente identificado para la actualización de datos de cuestionario socioeconómico, padrón de personas beneficiarias y demás información que requiera el programa;
  6. Acudir a todos los llamados que convoque la Dirección de Inclusión y Atención a Personas con Discapacidad, con motivo de verificar y actualizar el padrón de personas beneficiarias y sus expedientes.

 

13.3 Sanciones.

  1. Suspensión del Apoyo en los siguientes supuestos:

 

  1. Cuando se identifique información incorrecta o inconsistencias en los datos personales y/o documentos entregados por la persona beneficiaria;
  2. Ante el incumplimiento de los lineamientos del programa;
  3. Cuando la persona beneficiaria no acuda a los eventos o convocatorias que la Dirección de Inclusión y Atención a Personas con Discapacidad solicite, con la finalidad de dar seguimiento a la efectividad del programa y actualizar datos del padrón de beneficiarios.
  4. Cuando se detecte una posible duplicidad de datos personales de la persona beneficiaria.

 

14. Causales y proceso de suspensión o baja del apoyo:

 

Serán causas de baja del Programa:

  1. Cuando el beneficiario exprese por escrito su renuncia al apoyo;
  2. Por proporcionar información falsa y/o alterada, o documentos apócrifos para cumplir con los requisitos solicitados;
  3. En caso de no firmar el recibo correspondiente al apoyo; por parte del padre, madre o tutor.
  4. No cumplir con las obligaciones establecidas en las presentes reglas de operación;
  5. Cambio de residencia a otro municipio, estado o país.
  6. Fallecimiento del beneficiario previo a la entrega del apoyo.

 

El proceso de suspensión o baja será determinado por medio de Comité Dictaminador, con base a lo establecido en este apartado.

 

15. Instrumentación del Programa.

 

15.1 Procedimiento de la entrega del apoyo.

 

El programa de ‘‘Equidad Educativa’’ será ejecutado por medio del siguiente proceso:

 

  1. Elaboración de las reglas de operación del programa ‘‘Equidad Educativa’’ por parte de la Coordinación General de Combate a la Desigualdad y la Dirección de Inclusión y Atención para Personas con Discapacidad.
  2. Aprobación de la aplicación presupuestal y  de las reglas de operación.
  3. Publicación de las reglas de operación.
  4.  Creación y Publicación de la convocatoria.
  5. Recepción de documentos de las personas solicitantes.
  6. Selección de beneficiarios, que cumplan cabalmente con los requisitos.
  7. Calendarización de entrega de apoyos.
  8. Publicación de resultados.

     

     

     

     

     

     

     

    Elaboración de las ROP

    Aprobación de la aplicación presupuestal y de las ROP

    Publicación de las ROP

    Publicación de la convocatoria

    Calendarización de entrega de apoyos

    Selección de beneficiarios

    Recepción de documentación de solicitantes

    Publicación de resultados

    Dirección de Inclusión y Atención a Personas con Discapacidad

    Cabildo

    Secretaría General

          

15.2 Número de beneficiarios

Se beneficiarán 400 Personas con discapacidad que estudien el nivel educativo básico, media superior, superior (licenciatura), formación laboral y aquellas Personas con Discapacidad que se encuentren en proceso de acompañamiento psicosocial, que necesiten de herramientas de asistencia tecnológica para la comunicación aumentativa y/o alternativa, que vivan en el Municipio de Guadalajara.

 

 

16. Medidas de comprobación de gasto del recurso.

La auditoría, control y vigilancia del Programa “Equidad Educativa” estará a cargo de aquellas dependencias facultadas para la revisión del ejercicio de los recursos aplicados en el Programa “Equidad Educativa”, cada una de éstas en el ámbito de su competencia y los expedientes estarán bajo resguardo de la Dirección de Inclusión a Personas con Discapacidad, a través de la Jefatura del Programa “Equidad Educativa”.

Para dar cumplimiento al expediente de comprobación para pago, la Dirección de Inclusión a Personas con Discapacidad, a través de la Jefatura del programa “Equidad Educativa”, deberá generar los siguientes entregables para la Dirección de egresos,  de la Tesorería Municipal de Guadalajara:

  1. Oficio de solicitud de pago dirigido a la persona titular de la Tesorería, con atención a la persona titular de la Dirección de Egresos.
  2. Copia simple de las Reglas de operación del programa vigentes;
  3. Oficio de viabilidad financiera emitido por la Dirección de Finanzas de la Tesorería Municipal;
  4. Formato de solicitud de pago realizado mediante el Sistema de Armonización Contable.
  5. C.F.D.I.;
  6. Validación de C.F.D.I. mediante el portal de Servicio de Administración tributaria;
  7. Constancia de situación fiscal;
  8. Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales;
  9. Copia simple de identificación oficial con fotografía de la madre, padre o persona tutora;
  10. Copia simple del recibo firmado a entera conformidad de la entrega del apoyo por el padre, la madre o la persona tutora;
  11. Copia simple de la evidencia fotográfica del almacenamiento del bien resguardado por la jefatura del programa;
  12. Copia simple del Acta de la Sesión del Comité Dictaminador, de aprobación del padrón de beneficiarios;
  13. Copia simple de la carátula de estado de cuenta bancario;
  14. Además de los anteriores se podrán agregar los documentos que considere pertinentes el comité dictaminador del programa.

 

 

 

 

 

 

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Reconocimiento Roberto Cuéllar

Reconocimiento Roberto Cuéllar

jueves, 16 de marzo de 2023

El Ayuntamiento de Guadalajara, a través de la Dirección de Educación, en cumplimiento por lo dispuesto en el Artículo 14, del Reglamento de Distinciones Otorgadas por el Municipio de Guadalajara

CONVOCA

A las jefas, jefes de sector, supervisoras, supervisores, directoras, directores, así como maestras y maestros de educación básica o educación especial de instituciones educativas públicas o privadas establecidas en el Municipio de Guadalajara, a postular a las alumnas y los alumnos que se destaquen por la práctica y promoción de los Valores Humanos, a participar en el reconocimiento “Roberto Cuéllar 2023”, de conformidad con las siguientes

BASES

PRIMERA.- DEL RECONOCIMIENTO:

1. El Reconocimiento "Roberto Cuéllar 2023”, es la distinción que se otorga a aquellos alumnos y alumnas que se encuentren cursando cualquiera de los niveles de educación básica o educación especial en instituciones educativas públicas o privadas, establecidas en el Municipio de Guadalajara, que por la práctica y promoción de los valores representan un agente de cambio social.

2. Este reconocimiento podrá entregarse hasta a diez alumnas y/o alumnos, de los cuales, en su caso, siete deberán pertenecer a instituciones educativas públicas y tres a instituciones educativas privadas.
3. El reconocimiento consiste en la entrega de un diploma y una laptop, a cada uno de las y los galardonados.

SEGUNDA.- DE LAS ETAPAS

1. El reconocimiento se desarrolla en 4 etapas: a. Escuela
b. Zona Escolar

c. Sector Educativo (en su caso)
d. Municipal
2. La escuelas difundirán la convocatoria entre su comunidad educativa.
3. Las escuelas recibirán los expedientes de los alumnos propuestos y seleccionarán al candidato que participará en la siguiente etapa, debiendo entregar dicho expediente al supervisor de zona, antes del 27 de abril de 2023.
4. La supervisión de zona seleccionará la propuesta que participará en la etapa de sector, según sea el caso y deberá enviarla antes del 04 de mayo de 2023, a la jefatura de sector correspondiente.
5. En caso de preescolar y primaria las jefaturas de sector seleccionarán la propuesta que enviarán a la Dirección de Educación, con la Lic. Sandra García, para participar en la etapa municipal a más tardar el 12 de mayo de 2023.

TERCERA.- DE LOS REQUISITOS

1. Los y/o las candidatas, deberán acreditarse como estudiantes, mediante un documento que compruebe su inscripción al presente calendario escolar.
2. Las y los postulantes deberán acreditar las experiencias vividas y promoción de los valores humanos, mediante la integración de un expediente que contenga evidencias donde se acredite que el alumno promueve y/o practica los valores humanos y universales, con testimonios que den fe de una vivencia o bien, certifiquen acciones cotidianas de alumnos.

CUARTA.- CRITERIOS DE SELECCIÓN

1. Se evaluará el contenido del expediente haciendo un análisis de las evidencias, las cuales se podrán acreditar con videos, fotografías, cartas, reconocimientos y oficios de actividades escolares y otras, que hagan constar la buena práctica de los valores universales y/o vivencias del alumno.
2. Veracidad de las evidencias.

3. Trascendencia y/o relevancia del valor o valores que promueven.

QUINTA.- JURADO CALIFICADOR

1. El jurado calificador será integrado por las personas que a continuación se describen considerando la etapa de preselección, con base a las etapas antes mencionadas en la base SEGUNDA de esta convocatoria, para finalmente ser considerado por la Comisión Edilicia de Educación, Innovación, Ciencia y Tecnología, como candidato merecedor al

Reconocimiento:
Etapa de Escuela:
El director, un padre de familia, un maestro, un alumno y una alumna Etapa de zona:
Supervisor, 2 directores y 2 padres de familia
Etapa de sector (preescolar y primaria):
Jefe de sector, 2 supervisores y 2 directores

SEXTA.- DE LA SELECCIÓN (DE LAS Y/O LOS GANADORES) EN LA ETAPA MUNICIPAL

1. La Dirección de Educación, remitirá a la Comisión Edilicia de Educación, Innovación, Ciencia y Tecnología, las propuestas recibidas por parte de las autoridades educativas y que hayan cumplido con los requisitos establecidos en la presente convocatoria.
2. La Comisión Edilicia de Educación, Innovación, Ciencia y Tecnología, analizará los expedientes y elaborará la iniciativa de acuerdo con carácter de dictamen que contenga a las y los ganadores del Reconocimiento “Roberto Cuéllar 2023”.

3. El pleno del Ayuntamiento de Guadalajara, aprobará a los y las ganadoras del Reconocimiento “Roberto Cuéllar 2023”, cuya determinación será inapelable.
4. La Dirección de Educación será la encargada de notificar la determinación del Pleno a los y las ganadoras.

SÉPTIMA.- DE LA ENTREGA DE RECONOCIMIENTOS:

La entrega del reconocimiento y premio se realizará, el día y hora que determine la Dirección de Educación.

 

GUADALAJARA, JALISCO, MARZO DE 2023

 

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