
Premio al mérito humanitario fray Antonio Alcalde edición 2021
lunes, 8 de febrero de 2021
El Ayuntamiento de Guadalajara, a través de la Coordinación General de Desarrollo Económico y Combate a la Desigualdad, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 1, 2, 3 fracciones I, II y III, 5 fracción I inciso c), 6, 9, y del 19 al 27, todos del Reglamento de Distinciones Otorgadas por el Municipio de Guadalajara, en correlación con lo establecido por los artículos 13, 14, 28, 29, 91 fracción I, 109 fracción VII, y 226 del Código de Gobierno Municipal de Guadalajara y 21 de la Ley para el Fomento y Participación de las Organizaciones de la Sociedad Civil en el Estado de Jalisco, convoca a la sociedad en general residente en el Área Metropolitana de Guadalajara, a proponer a sus candidatos a recibir el Premio al Mérito Humanitario “Fray Antonio Alcalde”, de conformidad con las siguientes:
B A S E S
I. Nombre y objeto de la distinción.
Premio al Mérito Humanitario “Fray Antonio Alcalde”.
Con la entrega de esta distinción en el mes de marzo de cada año, el Ayuntamiento de Guadalajara pretende cumplir los siguientes objetivos:
a) Conmemorar el natalicio, así como la vida y la labor humanitaria de Fray Antonio Alcalde y Barriga, nacido el 14 de marzo de 1701, y quien es considerado el mayor benefactor de Guadalajara.
b) Se concede a las personas que han destacado por una labor altruista, en favor de la población tapatía que se considera en situación de vulnerabilidad.
II. Requisitos de elegibilidad.
Para ser merecedores de recibir el premio al Mérito Humanitario “Fray Antonio Alcalde”, las personas que sean postuladas deben haberse destacado por una labor altruista, en favor de la población tapatía que se considera en situación de vulnerabilidad.
Cualquier participante que proporcione información falsa en cualquier etapa del procedimiento, será descalificado en términos de lo dispuesto en el artículo 22 del Reglamento de Distinciones Otorgadas por el Municipio de Guadalajara. Aquellas personas que hayan sido premiadas en las últimas cinco convocatorias, en cualquiera de sus categorías, no podrán ser consideradas para recibir el Premio al Mérito Humanitario “Fray Antonio Alcalde” correspondiente a la edición 2021.
III. Documentación.
a) De Personas Jurídicas.
El expediente de cada propuesta deberá integrarse con la siguiente información y/o documentación:
1. Contar con Clave Única (CLUNI) de inscripción al Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil, el registro ante el directorio del extinto Instituto Jalisciense de Asistencia Social (IJAS), o en el directorio Estatal de las instituciones de Asistencia Social de la Secretaría de Sistema de Asistencia Social.
2. Ficha informativa. (Llenar Formato 1).
3. Escrito de presentación. (Llenar Formato 2).
4. Datos Generales y Resumen Ejecutivo. (Llenar Formato 3).
5. Carta Exposición de motivos para la nominación de la Institución, donde se especifique de qué manera se ha destacado por una labor altruista, en favor de la población tapatía que se considera en situación de vulnerabilidad.
6. Copia simple de los documentos que sirvan para acreditar tanto la personalidad de la Institución (Ejemplo: Acta Constitutiva y Mandato o Poder Jurídico del Representante Legal, otorgados ambos ante Notario Público), como la personería de su representante (Ejemplo: INE, licencia o pasaporte).
7. Adjuntar copia del formato de situación fiscal vigente ante el SAT. Para tal efecto, se deberá adjuntar constancia de situación fiscal expedida por el SAT y, además, opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales.
Con respecto al requisito marcado en el numeral 1, las personas jurídicas que no cuenten con el Registro Estatal en el Directorio de Instituciones de Asistencia Social de la Secretaría del Sistema de Asistencia Social (SASS), deberán realizar su trámite ante la Secretaría y exhibir copia del oficio del expediente en trámite.
b) De Personas Físicas.
El expediente de cada propuesta deberá integrarse con la siguiente información y/o documentación:
1. Ficha informativa. (Llenar Formato 1).
2. Escrito. (Llenar Formato 2).
3. Datos Generales y Resumen Ejecutivo (Llena Formato 3).
4. Copia simple de identificación oficial, ejemplos: credencial para votar, pasaporte.
5. Adjuntar tres cartas de organismos, instituciones, y comunidades reconocidas donde avale su servicio voluntario, en papel membretado y con datos de contacto del firmante.
IV. Lugar, horario y plazo para recepción de propuestas.
Las propuestas deberán ser presentadas a partir de la publicación de la presente convocatoria. Por esta única ocasión y debido a la emergencia sanitaria por la que se está atravesando, la documentación será presentada en formato digital y deberá remitirse al siguiente correo electrónico: apardo@guadalajara.gob.mx
La fecha límite de recepción de las propuestas será al término de 10 DÍAS HÁBILES a partir de la publicación de esta convocatoria. Propuestas a las que deberá acompañarse la documentación correspondiente.
V. Método de selección.
a) Una vez concluido el plazo para la entrega de propuestas, la Coordinación de Desarrollo Económico y Combate a la Desigualdad a través de la Dirección de Participación y Vinculación con Organismos de la Sociedad Civil, integrará los expedientes respectivos y los remitirá a la Comisión Edilicia de Desarrollo Social, Humano y Participación Ciudadana, misma que en sesión deberá:
1. Revisar, de manera preliminar, la documentación exhibida por los postulantes, para verificar su viabilidad como candidatos al Premio.
2. Determinar el calendario de las visitas a las instalaciones y/o domicilios de las personas jurídicas participantes, calendario que se denominará “Gira al Premio al Mérito Humanitario Fray Antonio Alcalde 2021”. Por esta única ocasión, y en atención a las medidas sanitarias que se han establecido para evitar la propagación del coronavirus SARS-CoV-2, la Gira mencionada consistirá en una reunión virtual cuya finalidad será verificar el cumplimiento de los requisitos por parte de las asociaciones participantes.
Como evidencia del cumplimiento de los requisitos establecidos en esta convocatoria, los participantes adjuntarán un video en el que demuestren tal cumplimiento.
3. Conformar un Comité, el cual se integrará de la siguiente manera:
- 3.1 Un representante por cada uno de los Regidores que integran la Comisión Edilicia de Desarrollo Social, Humano y Participación Ciudadana;
- 3.2 Un representante de la Coordinación General de Desarrollo Económico y Combate a la Desigualdad;
- 3.3 Un representante del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Guadalajara;
- 3.4 Un representante del Consejo Consultivo de las Organizaciones de la Sociedad Civil para el Desarrollo Humano en el Municipio de Guadalajara;
- 3.5 Un representante del Comité para el Fomento y Participación de las Organizaciones de la Sociedad Civil del Estado de Jalisco.
Los representantes del Consejo Consultivo de las Organizaciones de la Sociedad Civil para el Desarrollo Humano en el Municipio de Guadalajara y del Comité para el Fomento y Participación de las Organizaciones de la Sociedad Civil del Estado de Jalisco, que participen como representantes en el proceso de selección deben abstenerse de participar en la convocatoria.
La Presidencia de la Comisión Edilicia de Desarrollo Social, Humano y Participación Ciudadana, podrá solicitar a los titulares de la Coordinación General de Desarrollo Económico y Combate a la Desigualdad, del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Guadalajara, del Consejo Consultivo de las Organizaciones de la Sociedad Civil para el Desarrollo Humano en el Municipio de Guadalajara y al Comité para el Fomento y Participación de las Organizaciones de la Sociedad Civil del Estado de Jalisco que designen a aquellos funcionarios que los representaran al seno del Comité.
b) El Comité designado en los términos del inciso anterior, será el encargado de corroborar la información aportada por los participantes, y elaborará el informe o informes respectivos que serán remitidos a la Comisión Edilicia de Desarrollo Social, Humano y Participación Ciudadana, la que en sesión privada procederá a:
1. Llevar a cabo la verificación final de la información contenida en los expedientes de los candidatos, tomando en cuenta el informe o informes que rindan los integrantes del Comité;
2. Evaluar los perfiles de los candidatos, ponderando sus méritos y considerando como mínimo los siguientes criterios:
- 2.1 El beneficio que otorgan en el Municipio de Guadalajara;
- 2.2 Los resultados derivados de su labor en el Municipio de Guadalajara;
- 2.3 La trascendencia social del problema que atienden;
- 2.4 Los proyectos que realizan, así como el impacto social de estos; y
- 2.5 Los proyectos a corto y largo plazo.
3. Seleccionar a aquellos candidatos que estime resulten merecedores de obtener el premio en sus tres categorías y, de ser el caso, proponer la entrega de diploma a aquellos otros candidatos que hubiesen tenido una intervención sobresaliente; y
4. Elaborar la Iniciativa de Acuerdo con carácter de Dictamen, en la que deberá plasmarse el resultado de lo indicado en los numerales que anteceden, debiendo emitir dicha Iniciativa de Acuerdo con carácter de Dictamen al Pleno del Ayuntamiento de Guadalajara, para que este en ejercicio de sus atribuciones resuelva en definitiva.
VI. Entregable.
Por esta única ocasión, y debido a la contingencia sanitaria por la que se está atravesando, la cual ha provocado afectaciones a las finanzas públicas, el Premio al Mérito Humanitario “Fray Antonio Alcalde” consistirá en:
a) Para el Primer Lugar:
Un diploma y un estímulo económico equivalente a seiscientos sesenta y dos veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
b) Para el Segundo Lugar:
Un diploma y un estímulo económico equivalente a cuatrocientos sesenta y cinco veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
c) Para el Tercer Lugar:
Un diploma y un estímulo económico equivalente a doscientos sesenta y cinco veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
El Pleno del Ayuntamiento, a propuesta de la Comisión Edilicia de Desarrollo Social, Humano y Participación Ciudadana, podrá otorgar diploma a aquellos candidatos que sin haber obtenido alguno de los tres primeros lugares, hubiesen tenido una intervención sobresaliente.
Para efectos del cálculo del estímulo económico, se considerará el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización determinado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía para el año 2021.
VII. Lugar y fecha de ceremonia.
La premiación de aquellos que resulten merecedores de las distinciones se llevará en Palacio Municipal de Guadalajara, ubicado en Avenida Hidalgo número 400, Zona Centro, en Sesión Solemne del Ayuntamiento de Guadalajara que tendrá verificativo en marzo, dentro del marco del aniversario del natalicio de fray Antonio Alcalde y Barriga. Lo anterior, si las condiciones y medidas sanitarias adoptadas por las autoridades lo permiten. En caso contrario, la premiación se llevará a cabo en la forma, fecha y lugar que determine el Pleno del Ayuntamiento de Guadalajara, tomando en consideración la propuesta de la Comisión Edilicia de Desarrollo Social, Humano y Participación Ciudadana, así como de la Coordinación General de Desarrollo Económico y Combate a la Desigualdad.
VIII. Casos no previstos.
Todo aquello no previsto en la presente convocatoria será resuelto por la Coordinación General de Desarrollo Económico y Combate a la Desigualdad, por la Comisión Edilicia de Desarrollo Social, Humano y Participación Ciudadana o por el Pleno del Ayuntamiento de Guadalajara, lo anterior, atendiendo a la etapa en que se encuentre el procedimiento descrito en la presente Convocatoria.
IX. Informes, quejas, denuncias, incidencias, inconformidad de participantes.
Informes en el Área de Participación y Vinculación con OSC de la Coordinación General de Desarrollo Económico y Combate a la Desigualdad, ubicada en Avenida Miguel Hidalgo y Costilla, número 474, Piso 4, interior del Mercado “General Ramón Corona”, Zona Centro, Guadalajara, Jalisco, de lunes a viernes de 10:00 a 15:00 horas. Con Lic. Acsa Naharai Pardo Ramírez al tel. 38183600 ext. 3170 y 3172 o al correo electrónico: apardo@guadalajara.gob.mx
En caso de existir quejas, deberán acudir a la Coordinación General de Desarrollo Económico y Combate a la Desigualdad y/o al módulo de atención de la Contraloría Municipal ubicado en Av. 5 de febrero #249 Colonia Las Conchas y entregar por escrito la descripción de la queja, denuncia e inconformidad.
También podrán presentarse en el correo electrónico: denuncias@guadalajara.gob.mx, o al teléfono: 3669- 1300 extensión 8238 y a través de la página web: Guadalajara.gob.mx/denuncias/
X. Aviso de Privacidad / Protección de Datos Personales.
El manejo de los expedientes que se formen con motivo de la presente Convocatoria, deberá cumplir con el Aviso de Privacidad publicado en el portal oficial. https://transparencia.guadalajara.gob.mx/sites/default/files/AvisoPrivacidad.pdf.
XI. Publicación.
Publíquese la presente convocatoria en la Gaceta Municipal de Guadalajara, en el portal web institucional del Municipio y en un diario de circulación local.
Ver más