Convocatorias

XIX PREMIO ANUAL A LA CONSERVACIÓN Y RESTAURACIÓN DE FINCAS CON VALOR PATRIMONIAL

XIX PREMIO ANUAL A LA CONSERVACIÓN Y RESTAURACIÓN DE FINCAS CON VALOR PATRIMONIAL

jueves, 13 de enero de 2022

CONVOCATORIA AL “XIX PREMIO ANUAL A LA CONSERVACIÓN Y RESTAURACIÓN DE LAS FINCAS CON VALOR PATRIMONIAL DE GUADALAJARA”.

 

 

El Ayuntamiento de Guadalajara, a través de la Coordinación General de Gestión Integral de la Ciudad y la Dirección de Obras Públicas:

 

CONVOCA:

 

A todos los interesados en la conservación y restauración de fincas con valor patrimonial, que hayan realizado acciones en sus fincas que promuevan y realcen el paisaje patrimonial de nuestra ciudad, se les invita a presentar su candidatura al:

 

“XIX PREMIO ANUAL A LA CONSERVACIÓN Y RESTAURACIÓN DE LAS FINCAS CON VALOR PATRIMONIAL DE GUADALAJARA”.

 

Esta distinción tiene como objeto reconocer a los ciudadanos que realizan un esfuerzo permanente para mantener en buen estado de conservación sus fincas, o realizan acciones significativas para su restauración, manteniendo sus características patrimoniales de manera íntegra, colaborando con esto a conservar la imagen del paisaje patrimonial del Centro Histórico, Barrios y Zonas Tradicionales de Guadalajara.

 

 REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD:

 

A las personas que realicen la mejor conservación y restauración de inmuebles con valor patrimonial, deberán:

  • Acreditar ser propietarios del inmueble.
  • El inmueble deberá estar ubicado en el municipio de Guadalajara
  • Estar reconocida por la Dirección de Ordenamiento del Territorio como bienes inmuebles afectos al patrimonio edificado, que se encuentren dentro de alguna clasificación de las que se enuncian a continuación:

 

1.- Monumento Histórico por determinación de Ley

2.- Monumento Histórico Civil Relevante

3.- Inmueble de valor Histórico Ambiental

  4.- Inmueble de valor Artístico Relevante

  5.- Inmueble de valor Artístico Ambiental

 

CATEGORÍAS EN QUE SE DIVIDE EL PREMIO:

  1. Inmuebles con valor patrimonial que son utilizados como giro comercial
  2. Inmuebles con valor patrimonial que son utilizados como casa habitación

 

DOCUMENTACIÓN:

  1. Llenar y firmar el formato de solicitud de inscripción y aceptación de participación; se encuentra anexa a la presente convocatoria para su impresión, también se puede descargar en la siguiente dirección electrónica: https://guadalajara.gob.mx
  2. Copia de identificación del propietario;
  3. Copia simple de su recibo de predial pagado al 2021 (en caso de que los datos del solicitante no coincidan con el que aparece como titular del predial, anexar documento que acredite el interés jurídico y personalidad con la que solicitan dicho descuento, copia de la escritura, entre otros);
  4. Solicitud de Dictamen en el que determine la procedencia del beneficio fiscal correspondiente al impuesto predial (escrito libre dirigido al Dr. Arq. José Luis Águila Flores / Director de Ordenamiento del Territorio) con firma autógrafa original del solicitante, y datos de contacto (número de celular y correo electrónico).
  5. Solicitud de descuento del impuesto predial (escrito libre dirigido al Mtro. Luis García Sotelo, Tesorero Municipal de Guadalajara) con firma autógrafa original del solicitante, y datos de contacto (número de celular y correo electrónico).
  6. En caso de quien inscriba no sea el propietario se solicita carta poder simple firmada por dos testigos con la copia de las identificaciones de todos los firmantes o los documentos legales que considera pertinentes.

 

En caso de existir alguna duda en lo que respecta de los documentos solicitados, favor de preguntarlo vía correo electrónico a: premioanual2022@gmail.com para poder atender sus dudas.

 

 

LUGAR, HORARIO Y PLAZO PARA LA RECEPCIÓN DE PROPUESTAS:

 

Se recibirán por correo electrónico con los documentos digitalizados, al correo: premioanual2022@gmail.com o en físico en las oficinas de la Superintendencia del Centro Histórico, ubicadas en la calle Independencia No. 332, del 17 al 31 de enero de 2022, con horario de las 10:00am a las 03:00pm.

 

MÉTODO DE SELECCIÓN:

 

Al cierre de la convocatoria, la Superintendencia del Centro Histórico entregará los expedientes a la Dirección de Obras Públicas para su análisis. Las autoridades están obligadas a asesorarse por expertos en la materia para la selección de candidatos, y contar con un dictamen emitido por éstos.

 

DICTAMEN EMITIDO POR EXPERTOS:

 

La emisión del dictamen será coordinada por la Superintendencia del Centro Histórico, y la Dirección de Obras Púbicas. A través de ellos se convocará a un equipo técnico conformado por los representantes de las dependencias federales y estatales con injerencia en el patrimonio arquitectónico de Guadalajara, además de expertos en la materia de la sociedad civil, quienes después de un análisis y evaluación de cada una de las fincas, se emitirá un dictamen.

 

Posteriormente será entregado a la Comisión Edilicia de Centro y Barrios Tradicionales para que lleve a cabo la elaboración de la iniciativa de acuerdo con carácter de dictamen para su aprobación por el cabildo del ayuntamiento.

 

PREMIOS:

 

Todos los participantes inscritos recibirán:

  • Reconocimiento de participación.
  • Gestión de factor de descuento del predial establecido en la Ley de Ingresos del Municipio de Guadalajara, Jalisco, para el ejercicio fiscal 2022.

 

Los ganadores de los tres primeros lugares recibirán:

  • Diploma de ganadores
  • Estímulo económico:

 

Categoría

Lugar

UMA

PESOS

 

Comercial

930

$ 89,484.60 (aproximadamente ochenta y nueve mil cuatrocientos ochenta y cuatro pesos 60/100 M.N.)

 

 

Comercial

530

$ 50,996.60 (aproximadamente cincuenta mil novecientos noventa y seis pesos 60/100 M.N.)

 

Comercial

400

$ 38,488.00 (aproximadamente treinta y ocho mil cuatrocientos ochenta y ocho pesos 00/100 M.N.)

 

Categoría

Lugar

UMA

PESOS

 

Habitacional

465

$ 45,704.50 (aproximadamente cuarenta y cinco mil setecientos cuatro pesos 50/100 M.N.)

 

Habitacional

265

$ 25,498.30 (aproximadamente veinticinco mil cuatrocientos noventa y ocho pesos 30/100 M.N.)

 

Habitacional

200

$ 19,244.00 (aproximadamente diecinueve mil doscientos cuarenta y cuatro pesos 00/100 M.N.)

 

 

De haber establecido así en la solicitud de inscripción, este estímulo podrá ser repartido entre quien inscribió la finca y el profesionista que realizó las acciones de conservación y restauración de la finca en el porcentaje que el mismo participante establezca.

 

CRITERIOS DE EXCLUSIÓN:

No podrán ser seleccionadas las candidaturas que incurran en cualquiera de los siguientes supuestos:

  • Que se una finca de propiedad pública;
  • Que ya haya sido premiada en alguna edición anterior del premio;
  • Que sea una finca relacionada de alguna manera con cualquier miembro involucrado con el proceso de selección de los ganadores;

 

En cualquier etapa del procedimiento se podrá descalificar al participante que proporcione información falsa.

 

ENTREGABLE:

  1. Fotografías del estado actual de la finca tanto de interior como del exterior, las cuales serán impresas o en formato digital con buena resolución.
  2. Texto de una cuartilla describiendo los esfuerzos de conservación y restauración mencionando las aportaciones al contexto urbano, así como las características de los trabajos realizados al inmueble, el cual puede ser impreso o en formato digital.

 

OPCIONALES:

  1. Fotografías del estado anterior o durante las acciones de conservación de la finca, las cuales pueden ser impresas o en formato digital con buena resolución.
  2. Copia de la identificación del profesionista que apoyó el desarrollo de las acciones de conservación y restauración de la finca. Solo en el caso de que se comparta el premio.

 

LUGAR Y FECHA DE LA CEREMONIA:

 

La ceremonia de entrega de premio se llevará a cabo en la Presidencia Municipal de Guadalajara en el mes de febrero de 2022 dentro del marco de la conmemoración de la fundación de la ciudad, pudiendo ser de manera virtual por la contingencia sanitaria, lo cual se les hará saber a cada uno de los participantes.

 

DE LOS CASOS NO PREVISTOS:

 

Lo no previsto en la convocatoria será resuelto por la Coordinación de Gestión Integral de la Ciudad, en conjunto con sus Direcciones y la Superintendencia del Centro Histórico.

 

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CONVOCATORIA PARA LA ENTREGA DEL PREMIO  “CIUDAD DE GUADALAJARA”  2022

CONVOCATORIA PARA LA ENTREGA DEL PREMIO “CIUDAD DE GUADALAJARA” 2022

miércoles, 8 de diciembre de 2021

CONVOCATORIA PARA LA ENTREGA DEL PREMIO  “CIUDAD DE GUADALAJARA”  2022

El Ayuntamiento de Guadalajara a través de la Dirección de Cultura y con fundamento en los artículos 5 fracción I inciso a), 7, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27 y demás relativos del Reglamento de Distinciones Otorgadas por el Municipio de Guadalajara:

C O N V O C A

A las personas físicas o jurídicas que cumplan con los requisitos, para participar en el proceso del premio “Ciudad Guadalajara” de conformidad con las siguientes:

B A S E S

PRIMERA. Nombre y objeto.

El Premio “Ciudad de Guadalajara” es una de las distinciones que otorga el Municipio a las personas físicas o jurídicas que sobresalgan en la realización de una actividad que promueva la conservación de las tradiciones y la identidad tapatía; en la realización de trabajos de investigación en torno a la historia, el carácter, el diseño urbanístico o arquitectónico de la Ciudad o la redacción de una obra literaria sobresaliente, todo ello relacionado con la ciudad y sus habitantes, así como en la promoción de acciones encaminadas al bienestar de la sociedad, de tal suerte que a quien se le otorgue este reconocimiento, haya sabido aglutinar voluntades en torno a una conducta ciudadana de superación general.   

El objeto de este premio es reconocer el trabajo de aquellas personas que realizan el esfuerzo de conservar nuestras tradiciones y la identidad tapatía.

SEGUNDA. Requisitos de elegibilidad y documentación.

La proposición de candidaturas, se realizará mediante escrito libre, con los anexos siguientes:

  1. Las propuestas de quienes se consideran merecedores de este premio deberán presentar mediante una carta firmada tanto por el candidato como por el postulante. Las postulaciones las puede hacer toda persona que lo desee, incluso las agrupaciones de índole pública o privada, debiendo señalar domicilio para recibir notificaciones y datos de contacto de ambos.
  2. Escrito de protesta de aceptación, por parte del candidato, para participar y, en su caso, recibir el Premio “Ciudad de Guadalajara”, firmado en original, por él o los candidatos propuestos o por el representante común o legal, según corresponda.
  3. Currículum Vítae actualizado del o los candidatos propuesto, incluyendo nombre, dirección completa y teléfono, solo para el caso de personas físicas.
  4. Los candidatos deberán acreditar con copia del documento oficial con el que demuestren su nacionalidad mexicana, anexando:

            a) Para personas físicas; copia del acta de nacimiento.

            b) Para personas jurídicas; copia del acta constitutiva, debidamente protocolizada ante   Notario Público y la protocolización del acta de Asamblea General, en caso de modificación,             a fin de acreditar su legal existencia.

            c) Para el caso de grupos voluntarios no constituidos como personas jurídicas; el documento      con el que acredite que se encuentra registrado ante la autoridad en materia.

  1. Acompañar una amplia reseña de los hechos que demuestren los motivos por los cuales se considera que el candidato puede merecer el Premio “Ciudad de Guadalajara”.

Será requisito indispensable para la obtención de la Medalla a que se refiere la presente convocatoria, no haberla recibido con anterioridad.

TERCERA. Lugar, horario y plazo de recepción de propuestas.

Las propuestas de candidatos se recibirán a partir de la publicación de la presente convocatoria y deberán dirigirse a las oficinas de la Dirección de Cultura Guadalajara, ubicadas en la calle Pino Suárez número 254 de esta ciudad, de lunes a viernes de 10:00 a 19:00 horas, con excepción de los días 23, 24, 30 y 31 de diciembre del presente año que serán no laborables. Los días 20, 21, 22, 27, 28 y 29 de diciembre del año en curso se recibirán propuestas en el horario de 09:00 a 15:00 horas.  La fecha límite de recepción de las propuestas será el 10 de enero de 2022.

Para mayor información, comunicarse al número telefónico 33 12 01 83 00 extensiones 8353 y 8365.

CUARTA. Método de selección.

Para la selección de los candidatos a recibir el premio, la Dirección de Cultura Guadalajara deberá remitir las propuestas que cumplan con los requisitos al Presidente Municipal a más tardar el día 13 de enero de 2022.

El Presidente Municipal propondrá un listado de preseleccionados de los candidatos idóneos para recibir el premio y el Pleno del Ayuntamiento deberá elegir a la persona que merece tal distinción.

QUINTA. Premio (entregable).

El premio consiste en el otorgamiento de la medalla “Ciudad de Guadalajara”, con el escudo de la ciudad por el anverso y el nombre del designado y la fecha de su entrega en el reverso; acompañando a esta medalla se otorgará un diploma y un estímulo económico el equivalente en Moneda Nacional de 2,000 (dos mil) Unidades de Medida Actualizada diarias (UMA).

SEXTA. Lugar y fecha de ceremonia

La premiación se llevará a cabo en sesión solemne del Ayuntamiento, que tendrá verificativo el día 14 de febrero de 2022.

SEPTIMA. Publicación.

Publíquese la presente convocatoria en la Gaceta Municipal de Guadalajara, el portal web institucional del Municipio, así como en un diario de circulación local.

OCTAVA. Casos no previstos.

Todo aquello no previsto en la presente convocatoria será resuelto por la Dirección de Cultura Guadalajara.

Atentamente

Guadalajara, Jalisco 8 de diciembre de 2021

Luis Gerardo Ascencio Rubio

Director de Cultura Guadalajara

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CONVOCATORIA PÚBLICA PARA ELEGIR A LA TITULAR  DE LA CONTRALORÍA CIUDADANA DEL MUNICIPIO  DE GUADALAJARA, JALISCO, 2021-2024.

CONVOCATORIA PÚBLICA PARA ELEGIR A LA TITULAR DE LA CONTRALORÍA CIUDADANA DEL MUNICIPIO DE GUADALAJARA, JALISCO, 2021-2024.

lunes, 29 de noviembre de 2021

 

El Presidente Municipal Jesús Pablo Lemus Navarro en coordinación con el Consejo Municipal de Participación Ciudadana, en términos de lo dispuesto por los artículos 48 fracción VI de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco y 44 del Código de Gobierno Municipal de Guadalajara:

CONVOCA

A las ciudadanas en general que deseen participar para ocupar el cargo de titular de la Contraloría Ciudadana del Municipio de Guadalajara, Jalisco, de conformidad a las siguientes:

CONSIDERACIONES

  1. Que la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, establece que para efectos de dicha ley se entenderá por acciones afirmativas, el conjunto de medidas de carácter temporal correctivo, compensatorio y/o de promoción, encaminadas a acelerar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres.

Que en su artículo 16 determina que corresponde a los municipios implementar la política municipal en materia de igualdad entre mujeres y hombres, en concordancia con la política nacional y local correspondiente, así como fomentar la participación social, política y ciudadana dirigida a lograr la igualdad entre mujeres y hombres.

Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 33 fracción I, será objetivo de la política nacional establecer medidas para fortalecer el acceso de las mujeres al empleo y la aplicación efectiva del principio de igualdad de trato y no discriminación en las condiciones de trabajo entre mujeres y hombres, correlacionado con lo anterior el artículo 34 señala que las autoridades correspondientes garantizarán el principio de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en el ámbito del empleo.

  1. Que la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, establece en el artículo 5 que no se considerarán discriminatorias las acciones afirmativas que tengan por efecto promover la igualdad real de oportunidades de las personas o grupos. Tampoco será juzgada como discriminatoria la distinción basada en criterios razonables, proporcionales y objetivos cuya finalidad no sea el menoscabo de derechos.

Que el artículo 15 Séptimus dispone que las acciones afirmativas son las medidas especiales, específicas y de carácter temporal, a favor de personas o grupos en situación de discriminación, cuyo objetivo es corregir situaciones patentes de desigualdad en el disfrute o ejercicio de derechos y libertades, aplicables mientras subsistan dichas situaciones.

Que de conformidad al artículo 15 Octavus las acciones afirmativas podrán incluir, entre otras, las medidas para favorecer el acceso, permanencia y promoción de personas pertenecientes a grupos en situación de discriminación y subrepresentados, en espacios educativos, laborales y cargos de elección popular a través del establecimiento de porcentajes o cuotas y, que las acciones afirmativas serán prioritariamente aplicables hacia personas pertenecientes a los pueblos indígenas, afro descendientes, mujeres, niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad y personas adultas mayores.

  1. Que el artículo 4 párrafo 1 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, establece que la adopción por los Estados Partes de medidas especiales de carácter temporal encaminadas a acelerar la igualdad de facto entre el hombre y la mujer no se considerará discriminación en la forma definida en la citada Convención, pero de ningún modo entrañará, como consecuencia, el mantenimiento de normas desiguales o separadas; estas medidas cesarán cuando se hayan alcanzado los objetivos de igualdad de oportunidad y trato.

Asimismo, con base en el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW), los Estados deben garantizar a las mujeres, en igualdad de condiciones, el derecho a ocupar cargos públicos e integrar órganos de autoridad y ejercer todas las funciones públicas en todos los planos gubernamentales.

  1. Aunado a lo anterior, el artículo 4 de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer "CONVENCION DE BELEM DO PARA" prevé que todas las mujeres tienen derecho al reconocimiento, goce, ejercicio y protección de todos los derechos humanos y a las libertades consagradas por los instrumentos regionales e internacionales sobre derechos humanos. Estos derechos comprenden, entre otros: la igual protección ante la ley y de la ley, así como a tener igualdad de acceso a las funciones públicas de su país y a participar en los asuntos públicos.

De tal suerte, que la presente convocatoria tiene como objeto otorgar a las mujeres las mismas oportunidades, ser reconocidas y tratadas como iguales, como una de las formas más eficientes para garantizar la igualdad sustantiva y el ejercicio pleno de sus derechos. En el entendido que la aplicación de las presentes acciones afirmativas o medidas compensatorias para el caso de las mujeres, son obligatorias, ya que su condición de género es un factor que limita su acceso a los recursos económicos, culturales y políticos importantes para su desarrollo.

BASES

PRIMERA. CARGO A OCUPAR.

  1. El cargo a ocupar es el de titular de la Contraloría Ciudadana del Municipio de Guadalajara, Jalisco, administración pública municipal 2021-2024. La titular dura en su encargo el término de la administración en la que fue nombrada, con derecho a ratificación por el Ayuntamiento por un periodo más, mediante el procedimiento establecido en el Código de Gobierno Municipal de Guadalajara.
  2. La participación en el presente proceso garantiza a las aspirantes la consideración de su propuesta en igualdad de condiciones bajo los procesos establecidos en esta convocatoria, basada en la calificación para ejercer el cargo; por lo tanto, la evaluación de las candidatas que se postulen se efectuará considerando el mérito (experiencia profesional de las interesadas), capacidad (preparación académica y plan de trabajo); por lo tanto, el avance en las fases del proceso es competitivo de acuerdo con la evidencia y valoración de esos elementos, sin garantía de llegar al final del proceso mismo.
  3. De entre las candidatas mejor evaluadas, el Presidente Municipal propondrá al Pleno del Ayuntamiento una terna para elegir a la titular de la Contraloría Ciudadana, debiendo ser aprobado por mayoría calificada requerida, conforme lo dispuesto por el artículo 67 ter de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco y 44 del Código de Gobierno Municipal de Guadalajara.
  4. El Comité de Participación Social del Sistema Estatal Anticorrupción colaborará con el Consejo Municipal de Participación Ciudadana en los procesos de evaluación y entrevistas a las aspirantes, y en base a los resultados obtenidos emitirá al Consejo Municipal de Participación Ciudadana opinión sobre la idoneidad de los perfiles.

SEGUNDA. REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD.

De conformidad con lo establecido por los artículos 67 quater de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco y 51 del Código de Gobierno Municipal de Guadalajara, para ser titular de la Contraloría Ciudadana del Municipio de Guadalajara, se requiere:

  1. Ser mexicana por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos y mayor de 21 años;
  2. Ser persona de reconocida solvencia moral, tener un modo honesto de vivir y la capacidad necesaria para desempeñar el cargo;
  3. Contar con licenciatura concluida, preferentemente como abogada, contadora pública, administradora pública o carreras afines, con cedula profesional expedida y con al menos dos años de experiencia profesional;
  4. Tener cuando menos cinco años de experiencia en el área de auditoría, fiscalización o financiera administrativa;
  5. No ser pariente consanguínea en línea recta, colateral ni por afinidad hasta el cuarto grado de algún miembro del Ayuntamiento;
  6. No tener algún conflicto de interés;
  7. No haber sido condenada por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, se inhabilitara para el cargo, cualquiera que haya sido la pena;
  8. No haber tenido inhabilitación para ocupar un cargo en el servicio público;
  9. No ser ministra de alguna asociación religiosa, a menos de que se separe formal, material y definitivamente de su ministerio en la forma y con la anticipación que las leyes establezcan;
  10. No haber sido titular de secretarías de despacho del Ejecutivo, Fiscal General, Magistratura de algún tribunal estatal, integrante del Consejo de la Judicatura del Estado o diputada, durante los tres años previos a su designación;
  11. No haber sido Secretaria de Estado del Gobierno Federal, Procuradora General de la Republica, senadora, diputada federal, a menos que se haya separado de su cargo tres años antes al día en que tenga verificativo su designación;
  12. No ser miembro de la dirigencia estatal o municipal de algún partido político, ni haber sido candidata a cargos de elección popular, en los últimos tres años previos a la designación;
  13. No haber sido Presidenta Municipal, Regidora, Sindica, titular de la Hacienda Municipal, o haber manejado las finanzas del municipio, por un periodo inmediato anterior; y
  14. Durante el ejercicio de su encargo la Titular del Órgano Interno de Control no podrá militar o formar parte de algún partido político, ni asumir otro cargo o comisión, salvo los desempeñados en asociaciones científicas, docentes, artísticas o de beneficencia y los no remunerados.

TERCERA. ACREDITACIÓN DE LOS REQUISITOS.

Para acreditar los requisitos de elegibilidad que señala la base anterior, las aspirantes deberán entregar en la Secretaría General del Ayuntamiento un expediente que incluirá los siguientes documentos impresos y escaneados en un dispositivo de memoria USB, en formato electrónico descargable (PDF):

1. Solicitud dirigida al Presidente Municipal, en la que manifieste interés de participar en

el proceso de evaluación y la aceptación de los términos, condiciones y procedimientos señalados en las bases de esta convocatoria. (Formato libre).

  1. Acta de nacimiento certificada expedida por el Registro Civil, en original, esto para acreditar el requisito marcado en el número 1.
  2. Copia de su identificación oficial vigente, que podrá ser la credencial para votar, expedida por el Instituto Nacional Electoral antes Instituto Federal Electoral, pasaporte, cédula profesional con fotografía quedan exceptuadas las cédulas profesionales electrónicas o licencia de conducir, para acreditar el requisito número 1.
  3. Constancia de no antecedentes penales con un máximo de 3 meses de expedición firmada por la aspirante, para acreditar los requisitos 2 y 7.
  4. Copia simple del título y cédula profesional expedidos por la autoridad competente, exhibiendo los originales para cotejo, para acreditar el requisito número 3.
  5. Documentos con los que demuestre tener al menos cinco años de experiencia acreditable en las áreas señaladas en el requisito número 4.

Además de lo anterior, será indispensable presentar cartas expedidas por alguna asociación, organización civil o universidad pública o privada mediante las cuales se acredite la referida experiencia y conocimiento.

Los originales de dicha evidencia curricular deberán ser presentados inmediatamente de ser solicitados, por lo que las aspirantes se hacen responsables de tenerlos disponibles para su eventual cotejo.

  1. Carta con firma autógrafa de declaración, bajo protesta de decir verdad, que no se encuentra en ninguno de los supuestos de impedimento señalados en los números 5, 6, 9, 10, 11, 12 y 13 de la base segunda de la presente convocatoria. (Formato libre).
  2. Carta de no sanción administrativa, para acreditar el requisito número 8.
  3. Hoja de vida (curriculum vitae) de máximo dos cuartillas, fuente Arial, tamaño 12, sin otro dato personal que no sea un número telefónico de contacto y correo electrónico, ambos ubicados en el margen superior derecho. Deberán anexar la evidencia documental de la hoja de vida, en formato PDF de baja resolución, estrictamente un archivo por documento; identificando cada archivo con el nombre del documento que le corresponde.

El correo electrónico proporcionado en la hoja de vida servirá como medio oficial para recibir notificaciones durante el proceso.

  1. Exposición breve de un plan de trabajo de la aspirante y de las razones que justifican su idoneidad para el cargo. En fuente Arial, tamaño 12, sin límites de páginas, donde se desarrollen los siguientes puntos
    1. Diagnóstico de la problemática que aprecia en la administración municipal en la Contraloría Ciudadana de Guadalajara, Jalisco.
    2. Propuestas concretas y viables para contribuir al cargo al que aspira.

Los documentos en original deben ser presentados inmediatamente después de haber sido solicitados, por lo que queda bajo la más estricta responsabilidad de la aspirante tenerlos a disposición para su eventual cotejo.

Cualquier documento entregado en un formato diferente al solicitado se tendrá como no presentado.

Los documentos entregados por las aspirantes serán devueltos dentro de los 60 días posteriores a la fecha en que el Pleno del Ayuntamiento realice la designación de la titular de la Contraloría Ciudadana, salvo que exista inconformidad en trámite, en cuyo caso los documentos deberán conservarse hasta la total conclusión de la inconformidad e instancias subsecuentes; agotados dichos términos el Municipio de Guadalajara podrá proceder a su devolución a las postulantes que lo soliciten o decidir su destrucción en los términos de la normatividad aplicable.

CUARTA. LUGAR Y FECHA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS.

El expediente con los documentos y el dispositivo de memoria USB señalados en la base anterior, deberán presentarse en la oficina de la Secretaría General del Ayuntamiento sita en Avenida Hidalgo y Costilla número 400 colonia Centro, en la Presidencia Municipal de Guadalajara, Jalisco, planta baja, desde el día martes 30 de noviembre y hasta el viernes 3 de diciembre de 2021, de las 9:00 a las 15:00 horas.

El personal de la Secretaría General del Ayuntamiento recibirá las solicitudes en los términos presentados, y hasta la revisión del Consejo Municipal de Participación Ciudadana, se verificará el cumplimiento total de los requisitos y documentos, de conformidad con lo establecido en la presente convocatoria, para validar cuales expedientes están completos.

Concluido el plazo de recepción de propuestas de la convocatoria, la Secretaría General del Ayuntamiento deberá remitir los expedientes de las aspirantes inscritas al Consejo Municipal de Participación Ciudadana, el día lunes 06 de diciembre de 2021.

QUINTA. MECANISMO DE ELECCIÓN.

Una vez recibidas las propuestas con la documentación entregada por cada aspirante, el Consejo Municipal de Participación Ciudadana, verificará el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad señalados en la normatividad aplicable y en la presente convocatoria y aplicará a las aspirantes las entrevistas y evaluación que les permita acreditar los conocimientos en las materias que establece el número 4 de la base segunda de la presente convocatoria.

El Consejo Municipal de Participación Ciudadana en colaboración con el Comité de Participación Social del Sistema Estatal Anticorrupción aplicarán la evaluación que consideren necesaria, para tal efecto y, en caso de ser necesario las aspirantes deberán acudir a las instalaciones que facilite la Presidencia Municipal, por lo que serán citadas por el Consejo Municipal de Participación Ciudadana, por medio del correo electrónico que para tales fines proporcionaron, en donde se les indicará hora, fecha y lugar.

Las aspirantes que acrediten la evaluación, serán entrevistadas conjuntamente por el Consejo Municipal de Participación Ciudadana y por el Comité de Participación Social del Sistema Estatal Anticorrupción, debiendo ser citadas por el Consejo Municipal de Participación Ciudadana mediante correo electrónico, en donde se les indicará lugar, fecha y hora, para tal efecto.

SEXTA. RESULTADO.

El Consejo Municipal de Participación Ciudadana deberá remitir al Presidente Municipal a más tardar el día viernes 10 de diciembre de 2021 la lista de aspirantes que cumplieron con los requisitos establecidos para ocupar el cargo, sus expedientes, así como los resultados de las evaluaciones de cada aspirante.

SÉPTIMA. DESIGNACIÓN.

Una vez recibida la lista de aspirantes elegibles para ocupar el cargo, el Presidente Municipal presentará iniciativa al Ayuntamiento mediante la cual propondrá la terna para elegir a la titular de la Contraloría Ciudadana, que serán las tres aspirantes mejores evaluadas, esta designación deberá ser tomada por mayoría calificada de los integrantes del Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 67 ter de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco y 44 del Código de Gobierno Municipal de Guadalajara, quien durará en su encargo al término de la administración en la que fue nombrada, con derecho a ratificación por el Ayuntamiento por un periodo más, mediante el procedimiento establecido en el Código de Gobierno Municipal de Guadalajara.

Si el Ayuntamiento rechaza las propuestas, el Presidente Municipal deberá someterlas a consideración nuevamente, dentro de los tres días naturales siguientes. Transcurrido este plazo sin que dicho cuerpo colegiado haga la elección o niegue la aprobación de alguna de las candidatas, el Presidente deberá expedir inmediatamente el nombramiento a favor de cualesquiera de las que hubiesen formado parte de la terna correspondiente.

OCTAVA. CASOS NO PREVISTOS.

Los asuntos no previstos en esta convocatoria relativos a cuestiones procedimentales serán resueltos por el Consejo Municipal de Participación Ciudadana mediante acuerdo interno, en estricto apego a la normatividad de la materia.

NOVENA. AVISO DE PRIVACIDAD

El manejo de los expedientes que se formen con motivo de la presente Convocatoria, debe cumplir con el Aviso de Privacidad publicado en el portal oficial https://transparencia.guadalajara.gob.mx/avisosprivacidad.

DÉCIMA. PUBLICACIÓN

Publíquese la presente convocatoria en la Gaceta Municipal de Guadalajara, en el portal web institucional del Municipio y en un diario de circulación local por una sola ocasión.

ATENTAMENTE
Guadalajara, Jalisco, a 29 de noviembre de 2021
"2021, Año de la Participación Política de las Mujeres en el Estado de Jalisco."

LIC. JESÚS PABLO LEMUS NAVARRO
PRESIDENTE MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA

MA. GUADALUPE GARCÍA BURELO
PRESIDENTA DEL CONSEJO MUNICIPAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

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