Convocatorias

Guadalajara Incluyente

Guadalajara Incluyente

martes, 13 de febrero de 2024

EL GOBIERNO MUNICIPAL DE GUADALAJARA A TRAVÉS DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE COMBATE A LA DESIGUALDAD EMITE LA SIGUIENTE:

 

CONVOCATORIA

 

Del programa denominado:

“Guadalajara Incluyente”.

DIRIGIDA A:

 

Personas con Discapacidad en general en un rango de edad de 3 a 80 años, que vivan en el Municipio de Guadalajara.

 

CONSIDERANDO

 

PRIMERO: Que el Código de Gobierno Municipal de Guadalajara en su artículo 235 Sexies dispone que la Coordinación General de Combate a la Desigualdad, tiene por objeto fomentar el desarrollo y la ejecución de programas sociales que impulsen el progreso social responsable e incluyente, para garantizar un crecimiento equitativo y sustentable para la población municipal.

 

SEGUNDO: Que en la sesión ordinaria del Ayuntamiento celebrada el día 23 de enero de 2024, se aprobó el decreto municipal número D 47/12 bis/24 correspondiente a la iniciativa de decreto que tiene por objeto autorizar el programa denominado “Guadalajara Incluyente” así como las Reglas de Operación para el Ejercicio Fiscal 2024 de las cuales se emite la presente convocatoria, al tenor de las siguientes

 

BASES

 

1. OBJETIVOGENERAL:

 

Mejorar la calidad de vida de las Personas con Discapacidad en la comunidad al proporcionarles herramientas de apoyo que promuevan su autonomía, inclusión y participación activa en la sociedad.

 

2. OBJETIVOSESPECÍFICOS:

 

I. Facilitar el acceso a herramientas de apoyo: Garantizar que las Personas con Discapacidad tengan acceso a dispositivos esenciales, como aparatos auditivos, sillas de ruedas convencionales etc.; que les permitan superar

 

"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social".

 

 

 

 

 

 

 

 

 

barreras y desafíos cotidianos.
Fomentar la inclusión y participación: Promover la inclusión social y la

 

participación activa de las Personas con Discapacidad en la comunidad, garantizando que puedan interactuar plenamente en actividades educativas, laborales, culturales y sociales, al proporcionarles las herramientas necesarias para hacerlo.

 

3. CARACTERÍSTICASDELAPOYO:

 

Una herramienta de apoyo dependiente de la discapacidad que acredite para cada uno de los beneficiarios.

 

4. DOCUMENTACIÓNREQUERIDA;

 


  • ●  Certificado de Discapacidad o en su defecto credencial de discapacidad, emitida por el Gobierno Federal.


  • ●  Identificación oficial con fotografía vigente, en caso de ser menor de edad de madre, padre o tutor (credencial de elector, pasaporte o cedula profesional);


  • ●  Acta de Nacimiento del solicitante.


  • ●  Deberá firmar una carta bajo protesta de decir la verdad, que le será

    entregada al momento de realizar su registro.


  • ●  Comprobante de domicilio con vigencia no mayor a tres meses para acreditar

    la residencia en el Municipio de Guadalajara; los cuales pueden ser:

 


  • ????  Recibo de servicio de energía eléctrica (CFE) vigente.


  • ????  Recibo de servicio de agua potable y alcantarillado (SIAPA).


  • ????  Teléfono fijo o servicio de cable de cualquier compañía.


  • ????  Pago de predial del año en curso a nombre del solicitante y/o de algún familiar

    directo.


  • ????  Constancia de Residencia emitida por la Secretaria General del Municipio de

    Guadalajara.

 

5. DERECHOS, OBLIGACIONES Y SANCIONES;

 

Derechos:
1. Recibirlainformaciónsobrelaoperacióndelprograma;
2. Recibirtodoslosapoyosdelprogramasincostoocondicionamientoalguno;y 3. Recibiruntratodignoporpartedelosfuncionarios.

 

Obligaciones:
1. Proporcionarinformaciónverídica;

 

"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social".

 

 

 

 

 

 

 

 

 


  1. Firmar el recibo de apoyo, en el periodo y lugar que la Dirección de Inclusión y Atención a Personas con Discapacidad determine.


  2. Notificar a la Dirección de Inclusión y Atención a Personas con Discapacidad, cualquier cambio de domicilio y/o teléfono tanto del beneficiario como del padre o tutor en un plazo no mayor a 30 días hábiles de la fecha de cambio.


  3. Cumplircontodosloslineamientosdelprograma;


  4. Atender las visitas de la dependencia con personal debidamente identificado

    para la actualización de datos de cuestionario socioeconómico, padrón de

    personas beneficiarias y demás información que requiera el programa;


  5. Acudir a todos los llamados que convoque la Dirección de Inclusión y Atención a Personas con Discapacidad, con motivo de verificar y actualizar el

    padrón de personas beneficiarias y sus expedientes.

 

Sanciones.

 

Suspensión del Apoyo en los siguientes supuestos:

 


  • a)  Cuando se identifique información incorrecta o inconsistencias en los datos personales y/o documentos entregados por la persona beneficiaria;


  • b)  Ante el incumplimiento de los lineamientos del programa;


  • c)  Cuandolapersonabeneficiarianoacudaaloseventosoconvocatoriasquela

    Dirección de Inclusión y Atención a Personas con Discapacidad solicite, con la finalidad de dar seguimiento a la efectividad del programa y actualizar datos del padrón de beneficiarios.


  • d)  Cuando se detecte una posible duplicidad de datos personales de la persona beneficiaria.

 


  1. TEMPORALIDADDELPROGRAMA;

    Fecha de convocatoria del 06 de febrero 2024 al 23 de febrero del 2024.


  2. ÁREARESPONSABLE;

 

Dirección de Inclusión y Atención a Personas con Discapacidad.

 

8. PUBLICACIÓNDERESULTADOS;

 

Las Reglas de Operación y la convocatoria respectiva, están publicadas para su consulta en la página electrónica del municipio en la Gaceta Municipal de Guadalajara, https://transparencia.guadalajara.gob.mx/gacetamunicipal2024 y en los canales institucionales de comunicación como las redes sociales.

 

Cada trimestre se actualizará la Matriz de Indicadores de Resultados correspondiente, con los avances del programa publicados para su consulta en la

 

"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social".

 

 

 

 

 

 

 

 

 

página electrónica de transparencia del municipio

 

https://transparencia.guadalajara.gob.mx/matrices-indicadores-21-24

 

9. RESTRICCIONESPARAELREGISTRO;

 

No cumplir con lo establecido en las Reglas de Operación del Programa.

 

10.DATOS PARA ENTREGA DE EXPEDIENTES, DE CONTACTO Y PARA MAYORES INFORMES RESPECTO AL PROGRAMA;

 

Oficinas de la Dirección de Inclusión y Atención a Personas con Discapacidad, ubicadas en Calle 5 de febrero 249, colonia las Conchas Guadalajara, Jal., dentro del horario de atención de las 09:00 a las 15:00 horas.

 

Teléfono 3336691300 Ext: 1486 – 1628 - 1561.

 

11. PROCEDIMIENTO PARA QUEJAS, DENUNCIAS, INCIDENCIAS, INCONFORMIDAD DE
PERSONAS BENEFICIARIAS Y CIUDADANOS.

 

En caso de existir quejas o denuncias con motivo de la ejecución del programa, deberán presentarse a la Contraloría Ciudadana de Guadalajara, en los siguientes mecanismos que tiene habilitados:

 


  • I.-  Buzones físicos: Ubicados en las distintas sedes del gobierno municipal;


  • II.-  Línea directa Whatsapp 33126-42356,


  • III.-  Línea telefónica a través del número telefónico: (33) 36691300 ext. 8238;


  • IV.-  Página de Internet en la siguiente liga https.//guadalajara.gob.mx/denuncias/


  • V.-  Correo electrónico: denuncias@guadalajaragob.mx


  • VI.-  De manera presencial en el módulo de atención de la Contraloría Ciudadana,

 

ubicado en Avenida 5 de febrero número 249, colonia Las Conchas, Guadalajara, de lunes a viernes, de 09:00 a 15:00 horas; y
VII.- Módulos itinerantes para recepción de denuncias en lugares públicos en dónde se celebran eventos masivos.

 

12. AVISO DE PRIVACIDAD/PROTECCIÓN DE DATOS:

 

El manejo de los expedientes que se formen con motivo de las reglas de operación del programa, además de cualquier otro dato personal recabado, estarán a lo dispuesto por la normatividad vigente y el siguiente Aviso de Privacidad publicado en el portal oficial:

 

https://transparencia.guadalajara.gob.mx/avisosprivacidad

 

"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social".

 

 

 

 

 

 

 

 

 

13.CASOS NO PREVISTOS

 

Los casos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos con base a las Reglas de Operación del Programa: “Guadalajara incluyente”, o en su caso por el comité dictaminador.

 

 

 

 

 

"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social". 

 

 

 

 


 

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GRACIAS A TI

GRACIAS A TI

martes, 13 de febrero de 2024

EL GOBIERNO MUNICIPAL DE GUADALAJARA A TRAVÉS DE LA COORDINACIÓN

GENERAL DE COMBATE A LA DESIGUALDAD EMITE LA SIGUIENTE:

 

C O N V O C A T O R I A

“GRACIAS A TI”

 

DIRIGIDA A:

 

Personas habitantes del municipio de Guadalajara, mayores de 18 años de edad que desempeñen la función de cuidador(a) primario (a), a favor de un familiar, cónyuge, hijo(a), padre, madre, abuelo(a), hermano (a), nieto (a) y tío (a), con cualquier tipo de discapacidad ya sea congénita o adquirida (motora, intelectual, sensorial-auditiva y/o visual, psicosocial) y que cuente con el certificado de discapacidad que determine la naturaleza , grado y temporalidad de dependencia, mencionando que requiere cuidador.

 

CONSIDERANDO

 

PRIMERO: Que el Código de Gobierno Municipal de Guadalajara en su artículo 235 Sexies dispone que la Coordinación General de Combate a la Desigualdad, tiene por objeto fomentar el desarrollo y la ejecución de programas sociales que impulsen el progreso social responsable e incluyente, para garantizar un crecimiento equitativo y sustentable para la población municipal.

 

SEGUNDO: Que en la sesión ordinaria del Ayuntamiento celebrada el día 23 de Enero del 2024, se aprobó el decreto municipal número D 47/12bis/24 correspondiente a la iniciativa de decreto que autoriza las Reglas de Operación, tiene por objeto autorizar el programa “Gracias a ti”, así como las Reglas de Operación para el Ejercicio Fiscal 2024 de las cuales se emite la presente convocatoria, al tenor de las siguientes:

 

  BASES

 

  1. OBJETIVO GENERAL:

 

Contribuir al apoyo económico de las personas cuidadoras primarias de personas con discapacidad congénita o adquirida, con grado de dependencia severa, profunda o total (preferentemente) a través de la entrega de un recurso económico bimestral.

 

  1. OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

 

  • Promover el bienestar individual de las personas cuidadoras primarias, y de los hogares con al menos un integrante de la familia con discapacidad congénita o adquirida, con grado de dependencia severa, profunda o total (preferentemente).
  • Documentar datos de educación y condición económica de las personas cuidadoras primarias, para generar información estadística.

 

 

 

  1. CARACTERÍSTICAS DEL APOYO:

 

En el ejercicio fiscal 2022, el Gobierno Municipal de Guadalajara, a través de la Coordinación General de Combate a la Desigualdad, implementó el programa “Gracias a ti”, con el objetivo de contribuir al ingreso económico de las personas cuidadoras primarias de personas con discapacidad congénita o adquirida, con grado de dependencia severa, profunda o total preferentemente.

 

  1. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA;

 

Los documentos requeridos serán los siguientes en original y copia para cotejo:

  1. Identificación oficial con fotografía vigente, (credencial de elector, pasaporte o cédula profesional);
  2. Acta de Nacimiento legible del solicitante y dependiente para acreditar el parentesco;
  3. Comprobante de domicilio con vigencia no mayor a tres meses para acreditar la residencia de ambos en el municipio de Guadalajara; los cuales pueden ser:

 

  1. Recibo de servicio de energía eléctrica (CFE) vigente;
  2. Recibo de servicio de agua potable y alcantarillado (SIAPA);
  3. Teléfono fijo o servicio de cable de cualquier compañía;
  4. Pago de predial del año en curso a nombre del solicitante y/o de algún familiar directo; o
  5. Constancia de Residencia emitida por la Secretaria General del municipio de Guadalajara. https://tramites.guadalajara.gob.mx/tramites/certificado-de-residencia

 

  1. Certificado de discapacidad que determine la naturaleza, grado y temporalidad de dependencia de su cuidador, emitidos por la Unidad de Valoración de Personas con Discapacidad, dependiente de la Secretaría de Salud mencionando que requiere cuidador.

 

 

  1. DERECHOS, OBLIGACIONES Y SANCIONES;

Derechos:

 

  1. Recibir la información sobre la operación del programa;
  2. Recibir todos los apoyos del programa sin costo o condicionamiento alguno; y
  3. Recibir un trato digno por parte de los funcionarios.

 

Obligaciones:

  1. Proporcionar información verídica;
  2. Notificar a el Área de Apoyo Social a Cuidadores de Personas con Discapacidad, cualquier cambio de domicilio tanto del beneficiario o del receptor de cuidados, debiendo comprobarlo con los documentos señalados en el punto 11 fracción IV de las presentes Reglas de Operación en un plazo no mayor a 30 días hábiles;
  3. Cumplir con todos los lineamientos del programa; y corresponsabilidad con el mismo.
  4. Acudir a las oficinas del Área de Apoyo Social a Cuidadores de Personas con Discapacidad, en horarios hábiles o a puntos de atención cercanos a su domicilio, que previa convocatoria señale la Dirección de Programas Sociales Municipales, para recabar la firma de recibos de apoyos otorgados bimestralmente;
  5. Atender las visitas de la dependencia con personal debidamente identificado para la actualización de datos de cuestionario socioeconómico, padrón de personas beneficiarias y demás información que requiera el programa; y
  6. Acudir a todos los llamados que convoque la Dirección de Programas Sociales Municipales; a través del Área de Apoyo Social a Cuidadores de Personas con Discapacidad, con motivo de verificar y actualizar el padrón de personas beneficiarias y sus expedientes.

 

 

Responsabilidades.

  1. Firmar los recibos de apoyo bimestrales, en el periodo y lugar en que la jefatura del programa determine; y
  2. Notificar al Área de Apoyo Social a Cuidadores de Personas con Discapacidad conocido como Jefatura Gracias a Ti, cualquier cambio de domicilio, teléfono, accidente, caso especial, etc., ya sea de la persona beneficiaria o de la receptora de cuidados en un plazo no mayor a treinta días naturales después de ocurrido el cambio.

 

Motivos para suspender el apoyo.

Suspensión de la Emisión del Apoyo Económico, en los siguientes supuestos:

  1. Cuando se identifique información incorrecta o inconsistencias en los datos personales y/o documentos entregados por la persona beneficiaria;
  2. Cuando se detecte el incumplimiento en el plazo señalado de la notificación a el Área de Apoyo Social Cuidadores de Personas con Discapacidad, de cualquier cambio de domicilio tanto del beneficiario o del receptor de cuidados, con los documentos señalados en el punto 11 fracción IV de las presentes reglas de operación;
  3. Ante el incumplimiento de los lineamientos del programa;
  4. Cuando la persona beneficiaria no acuda al Área de Apoyo Social a Cuidadores de Personas con Discapacidad o puntos de atención cercanos a su domicilio, que previa convocatoria señale la Dirección de Programas Sociales Municipales, para recabar la firma de recibos de apoyos otorgados bimestralmente;
  5. Cuando se realice la visita domiciliaria hasta en dos ocasiones y no sea localizada la persona beneficiaria; y
  6. Cuando se detecte una posible duplicidad de datos personales de la persona beneficiaria.

 

La suspensión temporal de los depósitos, así como el motivo de suspensión, se notificará mediante un aviso visible que se fijará en un lugar accesible de las oficinas del Área de Apoyo Social a Cuidadores de Personas con Discapacidad conocida como Jefatura del programa “Gracias a Ti”, dependiente de la Dirección de Programas Sociales Municipales. Será respetado en todo caso, el derecho de audiencia de las personas beneficiarias afectadas.

 

En caso de persistir incumplimiento en lo establecido en las presentes Reglas de Operación, se procederá a notificar al Comité Dictaminador del programa. 

 

 

  1. TEMPORALIDAD DEL PROGRAMA;

La vigencia de este programa inicia el día de la publicación de las Reglas de Operación en la Gaceta Municipal del Ayuntamiento de Guadalajara, por el periodo que abarque el ejercicio fiscal 2024 o hasta agotar el techo presupuestal, fecha de convocatoria a partir de la fecha de publicación hasta el 27 de febrero 2024.

 

  1. ÁREA RESPONSABLE;

La Coordinación General de Combate a la Desigualdad, a través de la Dirección de Programas Sociales Municipales y la Unidad del apoyo del Programa conocida como la Jefatura del programa “Gracias a ti” serán la responsables de administrar y coordinar las actividades relacionadas con la implementación del programa.

 

  1. PUBLICACIÓN DE RESULTADOS;

El padrón de beneficiarios del programa se publicará en el sitio oficial del Gobierno de Guadalajara correspondiente a transparencia, así mismo cada trimestre se publicarán los avances del programa de acuerdo a la matriz de Indicadores de Resultados.

 

 

  1. RESTRICCIONES PARA EL REGISTRO;

No podrán aspirar a ser personas beneficiarias del programa:

  1. Personas cuidadoras primarias de personas con discapacidad menores de 18 años;
  2. Personas cuidadoras primarias de personas con discapacidad cuyo domicilio se ubique fuera de los límites de la ciudad de Guadalajara.

 

  1. DATOS PARA ENTREGA DE EXPEDIENTES, DE CONTACTO Y PARA MAYORES INFORMES RESPECTO AL PROGRAMA;

Presentarse en las oficinas de la Dirección de Programas Sociales Municipales, ubicadas en Calle 5 de febrero 249, colonia las Conchas en ésta ciudad de Guadalajara, al teléfono 33-36-69-13-00 extensiones 1497 y 1595.

 

  1. PROCEDIMIENTO PARA QUEJAS, DENUNCIAS, INCIDENCIAS, INCONFORMIDAD DE

PERSONAS BENEFICIARIAS Y CIUDADANOS.

En caso de existir quejas o denuncias con motivo de la ejecución del programa y con motivo de las medidas de aislamiento social que han sido dictadas por las autoridades competentes, deberán presentarse a la Contraloría Ciudadana de Guadalajara, en los siguientes mecanismos que tiene habilitados: 

I.- Buzones físicos: Ubicados en las distintas sedes del gobierno municipal;

II.- Línea directa Whatsapp 33126-42356, 

III.- Línea telefónica a través del número telefónico: (33) 36691300 ext. 8238;

IV.- Página de Internet en la siguiente liga https.//guadalajara.gob.mx/denuncias/ 

V.- Correo electrónico: denuncias@guadalajaragob.mx

VI.- De manera presencial en el módulo de atención de la Contraloría Ciudadana, ubicado en Avenida 5 de febrero número 249, colonia Las Conchas, Guadalajara, de lunes a viernes, de 09:00 a 15:00 horas; y

 VII.- Módulos itinerantes para recepción de denuncias en lugares públicos en dónde se celebran eventos masivos.

 

  1. AVISO DE PRIVACIDAD/PROTECCIÓN DE DATOS:

El manejo de los expedientes que se formen con motivo de las presentes Reglas de Operación deberá cumplir con  el Aviso de Privacidad publicado en el portal oficial https://transparencia.guadalajara.gob.mx/sites/default/files/AvisoPrivacidad.pdf;

 

  1. CASOS NO PREVISTOS

Los casos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos con base a las Reglas de Operación del Programa: “GRACIAS A TI”, o en su caso por el comité dictaminador.

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En Buenas Manos

En Buenas Manos

martes, 13 de febrero de 2024

EL GOBIERNO MUNICIPAL DE GUADALAJARA A TRAVÉS DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE COMBATE A LA DESIGUALDAD EMITE LA SIGUIENTE

 

C O N V O C A T O R I A

 

Del programa: “En Buenas Manos”.

 

DIRIGIDA A:

 

Madres, padres o tutores que residan en el Municipio de Guadalajara, que requieran el servicio de cuidados por parte de una estancia infantil, Guardería o Preescolar Privadas, para los niños y / o niñas a su cargo. Estancias infantiles, Guarderías y Preescolares particulares con domicilio en el Municipio de Guadalajara que deseen participar en el programa.

 

CONSIDERANDO:

 

PRIMERO: Que el Código de Gobierno Municipal de Guadalajara en su artículo 235 Sexies, dispone que la Coordinación General de Combate a la Desigualdad, tiene por objeto, fomentar el desarrollo y la ejecución de programas sociales que impulsen el progreso social responsable e incluyente, para garantizar un crecimiento equitativo y sustentable para la población municipal.

SEGUNDO: Que en sesión ordinaria del Ayuntamiento de Guadalajara celebrada el día 23 de enero del 2024, fue aprobado el decreto municipal número D 47/12bis/24 correspondiente a la iniciativa de decreto que autoriza las Reglas de Operación, tiene por objeto autorizar el programa denominado “EN BUENAS MANOS”, así como las Reglas de Operación para el Ejercicio Fiscal 2024 de las cuales se emite la presente convocatoria, al tenor de las siguientes:

 

BASES

1.- Objetivo General:

Preservar los derechos económicos de madres, padres o tutores residentes del municipio de Guadalajara, que requieren el servicio de cuidados por parte de una estancia infantil, Guardería o preescolar privada para las niñas y niños a su cargo, con la finalidad de contribuir a la autonomía económica de un sector de la población que se encuentra en condiciones de vulnerabilidad, disminuyendo de esta manera las brechas de desigualdad, ante el apoyo económico para cubrir la prestación de un servicio que a su vez contribuye al bienestar y desarrollo integral de la niñez en Guadalajara.

2.- Objetivos específicos:

Sumar a la consolidación de un sistema de cuidados para la ciudad de Guadalajara, entendiendo esta necesidad como prioritaria y de responsabilidad compartida entre el gobierno y la ciudadanía.

Acompañar los procesos de crianza de la primera infancia que vive en condiciones de vulnerabilidad.

Apoyar la economía de las familias de Guadalajara.

 

 

3.- Características del apoyo:

El recurso será proporcionado por el Gobierno de Guadalajara a la población beneficiaria de forma directa o indirecta, a través las Estancias Infantiles, Guarderías o Preescolares, o al padre, madre o tutor del beneficiario que haya pagado por el servicio de cuidados en Guarderías, Estancias Infantiles o Preescolares ubicados en el municipio de Guadalajara. Dicho apoyo se realizará a través del depósito en tarjeta o mediante transferencia electrónica, según sea el caso y estará sujeto al techo presupuestal de este programa para el ejercicio fiscal 2024. 

Haciendo llegar a las madres, padres o tutores, el apoyo con la modalidad que corresponda, de acuerdo a lo que se describe a continuación:

MODALIDAD A:

Apoyo de hasta $1,500 (mil quinientos pesos MN 00/100) mensuales, que se otorgarán de forma retroactiva y en periodos trimestrales por parte de la Tesorería Municipal de Guadalajara, o de acuerdo a lo que determine el “Comité Dictaminador”, según la operatividad de “La Dirección”. Donde la estancia fungirá como intermediaria con los padres, madres o tutores, de acuerdo al convenio de colaboración con el Municipio de Guadalajara y bajo el cumplimiento de las Reglas de Operación del programa.

MODALIDAD B:

Apoyo de hasta $1,500 (mil quinientos pesos MN 00/100) mensuales, el cual se otorgará de forma retroactiva y de forma directa a la persona tutora, padre o madre que requiera del apoyo para la mejora económica intrafamiliar y el mejor desarrollo el menor bajo su resguardo. El apoyo será otorgado a través del depósito mediante tarjeta por parte de la Tesorería Municipal de Guadalajara, el cual podrá realizarse de forma anticipada o retroactiva, de acuerdo a lo que determine el “Comité Dictaminador” del programa, según la operatividad de “La Dirección”.

4.- Criterios de elegibilidad:

TABLA 1: Criterios para la elección de personas beneficiarias

Orden de

prioridad

Factor

Explicación

1

Geográfico

La persona solicitante deberá residir en el Municipio de Guadalajara.

La o el niño bajo el cuidado de la persona solicitante deberá estar inscrito o contar con carta de aceptación de una Estancia Infantil, Guardería o Preescolar que se encuentre en el Municipio de Guadalajara. (En los casos de “MODALIDAD A”, la Estancia Infantil, Guardería o Preescolar, deberá contar con convenio vigente con el Gobierno de Guadalajara).

2

Condición social

No tener apoyo para el servicio de cuidado infantil de otras instituciones públicas, instancias o dependencias sociales.

 

3

Socio-económico

 

La persona solicitante deberá cumplir con el criterio CONEVAL de la medición multidimensional de la pobreza mediante las líneas de Pobreza por Ingresos en México y/o habitar en alguna de las colonias con rezago social medio y alto establecidas como de atención prioritaria por la Coordinación General de Combate a la Desigualdad del municipio de Guadalajara, mediante la información que arroja el INEGI (2020), CONEVAL (2020), Cruzada contra el hambre (2018), Secretaría de Bienestar y CONAPO.

 

Para padres, madres o tutores.

 

5.- Documentación requerida y lugar de presentación:

Para determinar si las personas solicitantes cumplen con los criterios de elegibilidad, será necesario que proporcionen la información para el llenado de la Solicitud de Ingreso, entreguen los documentos correspondientes que se muestran en la TABLA 2 a continuación, y reciban visita domiciliaria de verificación de la información en caso de ser necesario. 

Las personas solicitantes que no cuenten con la documentación completa requerida serán declinadas del Programa.

Los documentos deberán presentarse en original y copia como se señala a continuación, sin enmendaduras ni tachaduras.

El trámite de registro se deberá realizar de manera presencial por parte del interesado, en la Dirección de Programas Sociales Municipales, con domicilio en la Unidad Administrativa Reforma, ubicada en la calle 5 de febrero 249, esquina calle Analco, colonia Las Conchas, Guadalajara, Jalisco. Con número de contacto 3336691300 ext. 1680 y 1633, línea de whatsapp 33 3150 1333.

TABLA 2

Requisitos y documentación para padres, madres o tutores

Requisito

Documentación comprobatoria necesaria.

Ser madre, padre o tutor de niña o niño de entre 2 meses y 7 años 11 meses 29 días de edad.

● Formato de Solicitud de Ingreso

● Copia de identificación oficial con fotografía vigente (INE, pasaporte); tratándose de madres o padres menores de edad, podrá presentarse Acta de Nacimiento

● Copia del acta de nacimiento del niño o niñas a su cargo.

En caso de ser tutor o tutora, deberá acreditar la tutela legal con copia simple de resolución dictada por la autoridad correspondiente o demostrar que se encuentra en trámite.

Los familiares directos o cuidadores que no cuentan con tutela legal pero son responsables de niña o niño por razones de ausencia, abandono, desaparición o muerte de los padres, podrán participar, previa valoración del caso por parte del Comité Dictaminador, entregando una carta supletoria de tutela legal.

Habitar en el Municipio de Guadalajara

 

● Copia de comprobante de domicilio (Recibos de electricidad, teléfono, agua o predial, no mayor de 3 tres meses de antigüedad, o constancia de residencia).

 

Acreditar su aplicabilidad al programa

Estudio Socioeconómico (Entrevista presencial en las oficinas de la Unidad Responsable del Programa “En Buenas Manos”)

Copia de recibo de nómina u original de carta de trabajo donde se especifique ingreso mensual y se adjunten fotografías de la actividad que realiza (firmada por la o el empleador). En caso de emprendimiento podrá presentar licencia o permiso municipal vigente o carta descriptiva de su actividad, adjuntando fotografías y firmada por la o el interesado.

Demostrar aceptación o inscripción de niña o niño en Estancia Infantil, Guardería o Preescolar ubicada en el Municipio de Guadalajara.

Copia de constancia de aceptación o inscripción de la niña o el niño emitida por la Estancia Infantil, Guardería o Preescolar.

(En los casos de “MODALIDAD A”, la Estancia Infantil, Guardería o Preescolar, deberá contar con convenio vigente con el Gobierno de Guadalajara.)

Requerimientos complementarios.

 

 

Cualquier otro que el Comité Dictaminador indique de acuerdo a la operatividad y ejecución de El Programa.

6.- Derechos y Obligaciones de las Personas Beneficiarias:

6.1.- Derechos de los padres, madres o tutores:

a) Recibir la información y orientación sobre el Programa y sus Reglas de Operación; 

b) Confidencialidad y reserva de su información personal conforme a la ley; 

c) Recibir información sobre el estatus de su solicitud; 

d) Presentar denuncias y quejas por actos de corrupción de funcionarios públicos ante las autoridades correspondientes; 

e) Recibir el apoyo del programa sin costo 

f) Recibir un trato digno por parte de las y los servidores públicos; y 

g) En caso de que una persona beneficiaria que ha sido dada de baja del Programa quisiera volver a darse de alta, quedará a consideración del Comité Dictaminador para su reincorporación, siempre y cuando exista una causa justificada por parte de la persona solicitante.

6.2.- Obligaciones de los padres, madres o tutores: 

a) Proporcionar, bajo protesta de decir verdad, información veraz de datos personales e información requerida en la Solicitud de Ingreso;

 b) Tratar de manera digna y respetuosa a las y los servidores públicos de la Dirección de Programas Sociales Municipales; 

c) Conocer las Reglas de Operación del Programa y cumplir con la normatividad establecida; 

d) Entregar la documentación establecida en la TABLA 2 de estas Reglas de Operación, sin enmendaduras ni tachaduras, así como la información que requiera la Dirección de Programas Sociales Municipales para seguimiento y comprobación del Programa; 

e) Notificar a la Unidad responsable del Programa "En buenas manos", cambio de domicilio, para lo cual deberá presentar comprobante del nuevo domicilio a fin de mantener constante comunicación y dar continuidad al beneficio, de lo contrario será dado de baja; 

f) Acudir personalmente o por medio de un representante con copia de identificación oficial y debidamente autorizado (carta poder simple, firmada por dos testigos, acompañada de las copias de identificación oficial), a las oficinas de la Unidad responsable del Programa “En buenas manos”, en horarios de oficina o al lugar que la Dirección de Programas Sociales determine para firmar los recibos de Apoyo; o recibir su tarjeta donde se hará la ministración del recurso objeto de apoyo al beneficiario, para el complemento de pago de la  Estancia Infantil, Guardería o Preescolar.

g) Recibir en su domicilio al personal identificado para entrevistas y validación de información; 

h) Acudir a los llamados que convoque la Dirección de Programas Sociales Municipales, con motivo de verificar y actualizar el padrón de beneficiarios, así como para las actividades y eventos que se determinen para el aprovechamiento de la niñez beneficiaria del Programa.

7.- Causales de baja para padres, madres o tutores:

 Incurrir en actividades contrarias a los objetivos o lineamientos del Programa, serán causas para la cancelación del apoyo. La institución encargada de proporcionar los apoyos que se mencionan en las Reglas de Operación podrán rescindirse, en los siguientes casos: 

● Cuando la niña o niño cumpla la edad que rebase el límite para ser beneficiario; 

● Fallecimiento de la niña o niño; 

● Cuando el beneficiario exprese por escrito su renuncia al apoyo; 

● Falsear o negarse a proporcionar la información de seguimiento que requiera la Dirección de Programas Sociales Municipales; 

● Incumplimiento de las obligaciones contenidas en las Reglas de Operación; 

● Cambio de residencia a otro municipio; 

● En caso de que la persona beneficiaria se dirija de manera irrespetuosa, o con agresiones físicas y/o verbales hacia las y los funcionarios del Programa; 

● En caso de que la Estancia Infantil, Guardería o Preescolar en la cual se encuentre inscrita la niña o niño decida rescindir el convenio de colaboración con el Gobierno Municipal de Guadalajara o que por causas de incumplimiento en las obligaciones se dé por terminado de manera anticipada. Sin embargo, en este supuesto se le dará la opción al beneficiario de inscribir a la niña o niño en alguna otra Estancia Infantil, Guardería o Preescolar que tenga convenio vigente, para que siga obteniendo el beneficio; 

● Hacer uso indebido del apoyo realizando actos de proselitismo; y 

● Cuando el responsable de la Estancia Infantil, Guardería o Preescolar notifique a la Unidad responsable del Programa "En buenas manos", que el menor ha sido dado de baja o cuenta con adeudo en dicha Institución. 

Para Estancias Infantiles, Guarderías o Preescolares al Programa.

8.- Documentación requerida y lugar de presentación:

Será facultad del Gobierno Municipal de Guadalajara, a través de la Dirección de Programas Sociales Municipales y del Programa “En Buenas Manos” realizar convenios de colaboración con cualquier Estancia Infantil, Guardería o Preescolar ubicada dentro del Municipio de Guadalajara que entreguen los documentos correspondientes que se muestran a continuación en la TABLA 3.

El trámite de registro se deberá realizar de manera presencial por parte del interesado, en la Dirección de Programas Sociales Municipales, con domicilio en la Unidad Administrativa Reforma, ubicada en la calle 5 de febrero 249, esquina calle Analco, colonia Las Conchas, Guadalajara, Jalisco. Con número de contacto 3336691300 ext. 1680 y 1633, línea de whatsapp al 33 3150 1333.

TABLA 3

Requisitos para la inscripción de Estancias Infantiles, Guarderías y Preescolares al Programa

Requisito

Documentación necesaria

Tener licencia municipal vigente y acreditar la legítima representación de la Estancia Infantil, Guardería o Preescolar

● Licencia vigente, expedida por la Dirección de Padrón y Licencias del Municipio de Guadalajara;

● Presentar identificación oficial con fotografía vigente (INE o Pasaporte), en caso de ser persona física. En caso de ser persona moral, se deberá acreditar la legítima representación de la Estancia Infantil, Guardería o Preescolar, mediante Acta Constitutiva o Poder Notarial;

Asentamiento en el Municipio de Guadalajara

 

● Copia de comprobante de domicilio vigente (Recibos electricidad, teléfono, agua o predial, no mayor de 3 tres meses de antigüedad);

 

Acreditar su situación fiscal.

Entregar estado de cuenta bancaria no mayor a tres meses de antigüedad;

Constancia de Situación Fiscal y;

Opinión de cumplimiento de Obligaciones Fiscales Positiva.

Requerimientos complementarios.

Cualquier otro que el Comité Dictaminador indique de acuerdo a la operatividad y ejecución del programa.

La Dirección de Programas Sociales Municipales podrá realizar supervisiones continuas, las veces que estime conveniente, a aquellas Estancias Infantiles, Guarderías o Preescolares que hayan celebrado convenio con el Gobierno de Guadalajara para verificar las condiciones de las mismas, lo anterior se llevará a cabo de manera aleatoria y sin previo aviso o notificación. 

Derivado de dichos convenios, el Programa contará con una lista de Estancias Infantiles, Guarderías y Preescolares, la cual será pública y podrá ser modificada por incumplimiento o en caso de que la institución decida rescindir el Convenio con el Gobierno de Guadalajara. 

 

9.- Derechos y Obligaciones Estancias Infantiles, Guarderías y Preescolares:

9.1.-Derechos de las Estancias Infantiles, Guarderías y Preescolares:

a) Recibir un trato amable, respetuoso e imparcial por parte de las y los servidores públicos; 

b) Recibir información sobre el Programa y sus Reglas de Operación; 

c) Confidencialidad y reserva de su información personal, conforme a la normativa vigente; 

d) Participar mediante convenio con el Gobierno de Guadalajara, en el Programa, sin costo; y 

e) Presentar denuncias y quejas por posibles actos de corrupción de las y los servidores públicos ante las autoridades correspondientes. 

 

9.2.- Obligaciones de las Estancias Infantiles, Guarderías y Preescolares:

a) Tratar de manera digna y respetuosa a las y los servidores públicos de la Dirección de Programas Sociales Municipales; 

b) Conocer el contenido y los alcances de las Reglas de Operación del Programa; 

c) Proporcionar a la Dirección toda la información que le sea requerida para verificar el cumplimiento de la normatividad aplicable al Programa; 

d) Proporcionar a la Dirección la documentación necesaria para recibir el pago de los apoyos en tiempo y forma; 

e) Recibir visitas de personal autorizado para la verificación y validación las condiciones en las que opera, así como para la verificación del cumplimiento de las personas beneficiarias del Programa; 

f) Notificar de manera inmediata a la Dirección cuando las niñas o los niños sean dados de baja de la Estancia Infantil, Guardería o Preescolar; 

g) Colaborar con la Dirección y la Unidad responsable del Programa “En buenas manos” para la realización de actividades y eventos en beneficio de la niñez beneficiaria del Programa; 

h) Colaborar con la Dirección y la Unidad responsable del Programa “En buenas manos” para la capacitación permanente del personal que labora en las Estancias Infantiles, Guarderías o Preescolares; 

i) Notificar a madres, padres o tutores sobre las actividades que requiera el Programa para su correcta operación; y 

j) Entregar comprobante de recibo fiscal, así como la documentación que la5 Dirección  y la Unidad responsable del Programa “En buenas manos”  le requiera. 

10.- Causales Baja Para Estancias Infantiles, Guarderías y Preescolares:

La baja del Programa aplicará para las Estancias Infantiles, Guarderías y Preescolares que incumplan o incurran en actividades contrarias a los objetivos o lineamientos del Programa, son las siguientes: 

a) Falsear o no presentar la documentación obligatoria señaladas en las Reglas de Operación; 

b) No cumplir con las obligaciones señaladas en las Reglas de Operación; 

c) No notificar a las madres, padres o tutores sobre las actividades que requiera la Dirección para la correcta operación del Programa; 

d) Realizar actos de proselitismo utilizando los apoyos del Programa; 

e) A solicitud por escrito de la Estancia Infantil, Guardería o Preescolar; 

f) No atender las recomendaciones e instrucciones emitidas por la Coordinación Municipal de Protección Civil de Guadalajara y la Dirección de Inspección y Vigilancia, a fin de garantizar la seguridad dentro de sus instalaciones; y 

g) No atender las recomendaciones emitidas por supervisores acreditados por la Dirección sobre su funcionamiento y cumplimiento de las normas aplicables. 

 

10.1.- Procedimientos de baja de Estancias Infantiles, Guarderías y Preescolares:

Los convenios con Estancias Infantiles, Guarderías o Preescolares que incurran en alguna de las causales de baja serán rescindidos de inmediato y mediante el levantamiento del acta de baja correspondiente, misma que detallará las razones de baja y será firmada por la Dirección de Programas Sociales Municipales y la Coordinación de Combate a la Desigualdad, así mismo se enviará copia a todas las dependencias firmantes del Convenio y a la Estancia Infantil, Guardería o Preescolar en cuestión. 

Las Estancias Infantiles, Guarderías o Preescolares que causen baja, tendrán la posibilidad de solicitar de nueva cuenta su acceso al Programa, una vez atendidas las observaciones que dieron origen a la causa de baja. 

 

11.-Procedimiento de la entrega:

  • Se emite convocatoria para la difusión del Programa “En buenas manos”
  • Las personas que deseen participar en la convocatoria, deberán realizar el trámite para obtener una cita de inscripción al Programa en la línea de WhatsApp al 33 3150 1333. 
  • Para finalizar el trámite de inscripción, será necesario acudir con la documentación anteriormente descrita, en buenas condiciones y competa a las oficinas de la Coordinación General de Combate a la Desigualdad en la Unidad Administrativa Reforma y dirigirse al área del Programa “En Buenas Manos”, ubicada en: Calle 5 de febrero 249, esquina calle Analco, colonia Las Conchas, Guadalajara, Jalisco;
  • Con base en la disponibilidad de recursos, los criterios de elegibilidad y los criterios de selección descritos en las Reglas de Operación, el Comité Dictaminador designará el Padrón de Beneficiarios. 
  • Una vez integrado el padrón, se comunicará a las personas beneficiarias para que acudan a la Dirección de Programas Sociales Municipales, o a la ubicación que ésta indique, para recibir información sobre las Reglas de Operación y la forma en que se hará entrega de los apoyos
  • Se procederá a la difusión de la calendarización para la entrega de los beneficios. 
  • Las personas beneficiarias serán convocadas para firmar los recibos de apoyo y/o recibir su tarjeta donde percibirán el apoyo. En dicha cita deberán presentar: 
  • Original y copia de Identificación Oficial. 
  • Original y copia de comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a tres meses. 
  • Las personas beneficiarias que obtengan el recibo del apoyo, deberán entregar una copia simple en la Estancia Infantil, Guardería o Preescolar al que acude la niña o niño a su cargo como pago o parte del pago de la mensualidad correspondiente.
  • Para el expediente de pago y posterior dispersión, las Estancias Infantiles, Guarderías o Preescolares, que cuenten con convenio y beneficiarios en modalidad “A” deberán entregar:
  • C.F.D.I.;
  • Validación de C.F.D.I. mediante el portal de Servicio de Administración tributaria;
  • Constancia de situación fiscal;
  • Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales;
  • Copia simple de identificación oficial con fotografía de la madre, padre o persona tutora;
  • Copia simple del recibo firmado a entera conformidad de la entrega del apoyo por el padre, la madre o la persona tutora;
  • Copia simple de la carátula de estado de cuenta bancario;
  • Además de los anteriores se podrán agregar los documentos que considere pertinentes el comité dictaminador del programa.
  • Para el expediente de pago y posterior dispersión, las y los beneficiarios con modalidad “B” deberán dar cumplimiento con la entrega de la siguiente documentación.
  • Copia simple de identificación oficial con fotografía de la madre, padre o persona tutora;
  • Copia simple de comprobante de domicilio vigente (no mayor a tres meses de antigüedad);
  • Además de los anteriores se podrán agregar los documentos que considere pertinentes el comité dictaminador del programa.
  • Se realizarán las dispersiones, como apoyo por el servicio de cuidado infantil otorgado a las y los beneficiarios y a las Estancias Infantiles, Guarderías o Preescolares que cumplan con los requisitos y documentación mencionadas

 

12.- Cambios en el Padrón de Personas Beneficiarias:

Si alguna de las personas beneficiarias renuncia o pierde los beneficios por alguna de las razones antes mencionadas como motivos de baja, su lugar en el Padrón de Beneficiarios será ocupado por otra persona que cumpla con los lineamientos marcados en las Reglas de Operación, dando prioridad a la lista de espera. 

Cualquier modificación al padrón de beneficiarios deberá ser aprobada por el Comité Dictaminador. 

Para los casos de sustitución se darán los apoyos a partir de la fecha en que sean incluidos en el padrón, es decir, no se harán depósitos anteriores a su ingreso, a menos que el techo presupuestal lo permita y previa aprobación del Comité Dictaminador. 

 

13.- Permanencia:

Los apoyos se brindarán siempre y cuando haya disponibilidad presupuestal y la o el beneficiario cumpla con los requisitos y obligaciones descritos en estas Reglas de Operación. 

 

14.- Quejas, denuncias, incidencias, inconformidad de las personas beneficiarias: 

En caso de existir quejas o denuncias con motivo de la ejecución del programa, deberán presentarse a la Contraloría Ciudadana de Guadalajara, en los siguientes mecanismos que tiene habilitados: 

I.- Línea directa WhatsApp 3331501333

II.- Línea telefónica a través del número telefónico (33) 36691300 ext. 8231

III.- Página de Internet en la siguiente liga https.//guadalajara.gob.mx/denuncias/ 

IV.- Correo electrónico: denuncias@guadalajaragob.mx

V.- De manera presencial en el módulo de atención de la Contraloría Ciudadana, ubicado en Avenida 5 de febrero número 249, colonia Las Conchas, Guadalajara, de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas; y

VI.- Módulos itinerantes para recepción de denuncias en lugares públicos en dónde se celebran eventos masivos.

 

15.- Publicación de resultados:

El mecanismo de Verificación, será mediante las Matrices de Indicadores de Resultados (MIR) 1. Inclusión y Atención a Grupos Vulnerables y 2. Apoyo y Atención a la Niñez y Juventudes, que se encuentran publicadas para su consulta y verificación en la siguiente liga: Transparencia | Gobierno Municipal | MIR 21-24 (guadalajara.gob.mx)

El Área de Apoyo de la Dirección de Programas Sociales recabará y proporcionará la evidencia necesaria para cumplir los medios de verificación establecidos en la matriz, con sus componentes y actividades 

 

16. Comité Dictaminador:

El programa contará con un Comité Dictaminador quien tendrá como objetivo analizar, evaluar, y en su caso, aprobar el Padrón de Personas Beneficiarias del mismo; así como dictaminar la procedencia de la entrega del apoyo social, de conformidad a cada modalidad del programa.

El Comité Dictaminador deberá sesionar al menos 2 dos veces al año con al menos el 50% cincuenta por ciento más uno de sus integrantes. 

Las votaciones se harán de manera nominal y la aprobación de los asuntos de su competencia se dará por mayoría simple de los asistentes a la sesión. 

 

 

 

17.- Restricciones para el registro:

Según lo establecido por reglas de operaciones para el programa “EN BUENAS MANOS” aprobadas para el ejercicio fiscal 2024.

 

18.- Vigencia de la convocatoria:

La vigencia de esta convocatoria inicia el día 06 de febrero del 2024 al 23 de febrero del 2024 o hasta agotar la suficiencia presupuestal.

 

19. Aviso de privacidad / protección de datos personales:

El manejo de los expedientes que se formen con motivo de la presente Convocatoria, además de cualquier otro dato personal recabado, estarán a lo dispuesto por la normatividad vigente y el siguiente Aviso de Privacidad publicado en el portal oficial: https://transparencia.guadalajara.gob.mx/avisosprivacidad 

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