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Estancias Infantiles

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martes, 13 de febrero de 2024

EL GOBIERNO MUNICIPAL DE GUADALAJARA A TRAVÉS DE LA COORDINACIÓN

GENERAL DE COMBATE A LA DESIGUALDAD EMITE LA SIGUIENTE:

 

C O N V O C A T O R I A

 

 

Del programa denominado: Estancias Infantiles Municipales.

 

DIRIGIDA A:

 

Madres, padres y/o tutores trabajadores y/o estudiantes, con hijas e hijos de entre 2 años a 9 años 11 meses 29 días, que vivan en el Municipio de Guadalajara, con preferencia a aquellos que se encuentren en situación de prioridad económica, mujeres en situación de violencias, familias donde uno o varios de sus miembros pertenezcan a grupos vulnerables prioritarios (personas indígenas, personas con algún tipo de discapacidad, en el caso de las niñas y niños con discapacidad serán admitidos siempre que sean autónomos para alimentarse y tengan control de sus esfínteres).

 

CONSIDERANDO

PRIMERO: Que el Código de Gobierno Municipal de Guadalajara en su artículo 235 Sexies dispone que la Coordinación General de Combate a la Desigualdad, tiene por objeto fomentar el desarrollo y la ejecución de programas sociales que impulsen el progreso social responsable e incluyente, para garantizar un crecimiento equitativo y sustentable para la población municipal.

 

SEGUNDO: Que en la sesión ordinaria del Ayuntamiento celebrada el día 23 de Enero del 2024, se aprobó el decreto municipal número D 47/12BIS/24 que tiene por objeto autorizar el programa denominado “Estancias Infantiles Municipales”, así como las Reglas de Operación para el Ejercicio Fiscal 2024 de las cuales se emite la presente convocatoria, al tenor de las siguientes

 

BASES

 

    1. OBJETIVO GENERAL:

 

Brindar servicio de atención y cuidado a niñas y niños de 2 años a 9 años 11 meses hijos de padres y madres que laboran y/o estudian, residentes de Guadalajara, para coadyuvar a mejorar la calidad de vida de las familias que habitan en el Municipio de Guadalajara, mediante la generación y dotación de servicios de cuidado y atención infantil, con preferencia a aquellas que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica. 

 

 

    1. OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

Brindar servicios gratuitos de seguridad infantil (estancia infantil y alimentación balanceada) a hijas e hijos de padres, madres y/o tutores que se encuentren en situaciones de vulnerabilidad, riesgo de violencia, permitiendo así que su calidad de vida mejore.

Evitar que las niñas y los niños de madres, padres y/o tutores, trabajadores y/o estudiantes, que habiten en el municipio de Guadalajara, se vean involucrados en situaciones de riesgo, y a la vez, reciban la supervisión adecuada para que logren un sano desarrollo físico y mental.

Generar condiciones para que las madres, padres y/o tutores, trabajadores y/o estudiantes, que residan en el municipio de Guadalajara, permanezcan en el mercado laboral y/o finalicen sus estudios.

Proteger el bienestar socioeconómico de las madres, padres y/o tutores, trabajadores y/o estudiantes mediante la dotación de servicios de seguridad para sus hijas e hijos (estancia infantil y alimentación balanceada) de forma gratuita.

 

    1. CARACTERÍSTICAS DEL APOYO:

Se otorgará dentro del servicio de estancia infantil a las hijas e hijos de madres, padres y/o tutores trabajadores y/o estudiantes, de entre 2 años y 9 años 11 meses 29 días, un apoyo en especie de dos alimentos al día. En el tiempo que la niña o niño permanezca dentro de la estancia se realizarán actividades como talleres, capacitación y actividades formativas que promuevan y generen la integración de la ciudadanía e impulsen el funcionamiento social, a través de la asistencia y adquisición de conocimientos y herramientas que les permitan adquirir habilidades para su desarrollo. Sumado a lo anterior, se contará con personal médico adscrito a la Estancias Infantiles Municipales con el fin de otorgar un servicio.

 

    1. CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD;
  1. Ser madre, padre y/o tutor trabajador y/o estudiante, con hijos de entre 2 años y 9 años 11 meses, 29 días. - En caso de encontrarse desempleado pero en busca de empleo, se tendrá una tolerancia de 30 treinta días naturales a partir de su registro, para la obtención del mismo y su comprobación ante el programa.
  2. Habitar en el Municipio de Guadalajara.

 Tendrán preferencia las personas que reúnan una o más de las siguientes condiciones: 

- Se encuentren en situación de violencias; 

- Que habiten en las colonias y barrios de atención prioritaria;

 - Con al menos una carencia social; 

- Que pertenezcan a grupos prioritarios o indígenas y algunos otros que se determinen;

 - Mujeres jefas de familia en hogares monoparentales. 

- Personas beneficiarias del programa aprobados en el año anterior.

 

    1. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA;

De las madres, padres o tutores:

  1. Llenar la solicitud de registro; 
  2. Conocer y aceptar los lineamientos de la “Normativa a Madres o Padres”, “Reglas de Operación”, firmando los acuerdos de consentimiento; 
  3. Comprobante de domicilio no mayor a tres meses de expedido (original y copia): recibo de luz, teléfono, agua o predial;
  4.   Identificación oficial vigente con fotografía de la madre, padre o tutor (original y copia); 
  5. Identificación oficial vigente con fotografía de las dos personas autorizadas para recoger a las niñas y los niños (copia); 
  6. Dos fotografías tamaño infantil a color de la madre, padre y/o tutor; 
  7. VII. Dos fotografías tamaño infantil a color de las dos personas autorizadas para ingresar y recoger a las niñas y los niños;
  8. VIII.  Comprobante de actividad laboral actual que incluya: sueldo, horario de trabajo, días de descanso, periodo vacacional, en caso de contar con ellos, los últimos 3 recibos de nómina y/o constancia de estudios de madre, padre y/o tutor, se requiere la documentación de ambos (original); y copia. 
  9. Firmar que la información proporcionada es verídica, y que autoriza la comprobación de su veracidad; 

 

De niñas y niños:

  1. Copia de acta de nacimiento. 
  2. Copia de cartilla de vacunación.
  3. Copia del tarjetón o constancia de servicio médico vigente: IMSS, ISSSTE, o cualquiera que éste sea.
  4. Análisis sanguíneo (Determinación de grupo sanguíneo). 
  5. Cuatro fotografías tamaño infantil a color. 

Las solicitudes que incumplan con la totalidad de los requisitos no serán turnadas ante el Comité Técnico de Valoración.

 

    1. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS.

                Derechos de padres, madres o tutores:

l. Conocer las Reglas de Operación.

ll.  Recibir los servicios de acuerdo a las reglas de operación, por parte del personal de la Estancia Infantil Municipal.

lll.  Recibir, a solicitud de la madre, padre o tutor, un informe sobre el estado de salud y comportamiento de la niña o niño, durante su permanencia en la Estancia Infantil Municipal, así como cualquier asunto relacionado con el mismo.

 

                  Derechos de niñas y niños:

l. Recibir los servicios de acuerdo a las reglas de operación, por parte del personal de la Estancia Infantil Municipal.

ll.  Recibir un servicio de calidad basado en el cumplimiento de sus derechos y bajo el principio del Interés Superior de las Niñas y Niños.

lll.  En caso de que se detecte que la integridad física y/o psicológica de la niña o niño corre riesgo, se notificará a las autoridades correspondientes para su valoración y seguimiento atendiendo al protocolo vigente.

 

 

Obligaciones:

        Obligaciones de madres, padres y/o tutores:

l.  Proporcionar toda la información verídica y comprobable que requieran los trámites correspondientes, tanto en el proceso de ingreso como durante su permanencia en el servicio, así como las actualizaciones de información o cualquier otra índole relacionada con el programa que requiera la Estancia Infantil Municipal.

ll.  Leer y atender  los avisos que son publicados en el espacio que  cada Estancia Infantil Municipal destine para ello así como los informes diarios  (bitácora)  de la niña o niño, firmando de enterado en los mismos.

lll.  Asistir mensualmente la madre, padre o tutor  a “Escuela de padres” y a las actividades que determine el Área de Apoyo para los Programas de Estancias Infantiles, conocida como: “Jefatura de Estancias Infantiles Municipales”.

lV.  Conocer, aceptar y cumplir los lineamientos de la “Normativa a madres y padres”, “Reglas de Operación”, y firmar los acuerdos de consentimiento correspondientes.

 

    1. TEMPORALIDAD DEL PROGRAMA;

Este programa inicia el día de la publicación de la Convocatoria en la Gaceta Municipal de Guadalajara, por el periodo que abarque el ejercicio fiscal 2024 o al agotar el cupo en las Estancias Infantiles Municipales.

 

    1. ÁREA RESPONSABLE;

La Coordinación de Combate a la Desigualdad a través de la Dirección de Programas Sociales Municipales será la responsable de administrar y coordinar las actividades relacionadas a la correcta implementación del programa Estancias Infantiles Municipales mediante el Área de Apoyo conocida como Jefatura del Programa "Estancias Infantiles Municipales".

 

    1. PUBLICACIÓN DE RESULTADOS;

El listado de personas beneficiarias será publicado en las oficinas del Área de Apoyo para los Programas de Estancias Infantiles, conocida como: “Jefatura de Estancias Infantiles Municipales” con domicilio en la Unidad Administrativa Reforma, ubicada en la calle 5 de febrero 249, esquina calle Analco, colonia Las Conchas, Sector Reforma, Guadalajara, Jalisco, así como en el portal Web del Municipio de Guadalajara y en los medios correspondientes.

 La publicación del listado de personas beneficiarias se hará con base a las disposiciones de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Jalisco y sus Municipios.

 

    1. PROCEDIMIENTO DE LA ENTREGA;

Por las características del servicio gratuito, aquellas madres, padres y/o tutores trabajadores y/o estudiantes que requieren del cuidado de sus hijas e hijos beneficiarios a partir del 1 de enero del año en curso, podrán continuar en la Estancia Infantil Municipal. Deberán cumplir con las reglas de operación del programa del año en que fueron aprobados hasta la publicación de las reglas de operación del año en curso y sujetarse al cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades establecidas. 

 

 

 

 

 

 

Aprobación de Reglas de Operación   → Publicación de Reglas de Operación

                                                                           ↓

                                                              Convocatoria  

                                                      ↓

                                         Inscripción → Selección → Publicación y notificación

                                                                                             ↓                                                   

                      Seguimiento de beneficiarios  ← Recepción de beneficiarios

 

    1. RESTRICCIONES PARA EL REGISTRO;

No residir en el municipio de Guadalajara.

 

    1. DATOS DE CONTACTO PARA MAYORES INFORMES RESPECTO AL PROGRAMA;

En la Estancia de acuerdo a la cercanía del domicilio de la madre, padre y/o tutor, o a la ubicación de su trabajo o centro de estudios, al igual que el área de apoyo para el programa de Estancias Infantiles conocida como: “Jefatura de Estancias Infantiles Municipales” ubicada en Unidad administrativa Reforma Calle 5 de febrero Número 249 , colonia las Conchas teléfono 3669-13-00  Ext. 1494, 1733,1487.

 

    1. COMITÉ DICTAMINADOR;

El programa contará con un Comité Dictaminador que tendrá como objetivo conocer y determinar el padrón del mismo; así como coordinar las actividades que se realicen en el marco de éste. 

Estará integrado por una persona representante de:

  1. Coordinación General de Combate a la Desigualdad, quien presidirá; 
  2. Tesorería Municipal; 
  3. Dirección de Programas Sociales 
  4. Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Guadalajara; 
  5. Consejo Municipal de Participación Ciudadana de Guadalajara; 
  6. Comisaría de Seguridad Ciudadana de Guadalajara; y
  7. Sistema Municipal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.
  8. Enlace Administrativo de la Coordinación General de Combate a la Desigualdad.

 

    1. PROCEDIMIENTO PARA QUEJAS, DENUNCIAS, INCIDENCIAS, INCONFORMIDAD DE PERSONAS BENEFICIARIAS Y CIUDADANOS.

En caso de existir quejas o denuncias con motivo de la ejecución del programa, deberán presentarse ante la Contraloría Ciudadana de Guadalajara, en los siguientes mecanismos que tiene habilitados:

l. Línea directa WhatsApp 33126-42356;

ll. Página de Internet en la siguiente liga: https://tramites.guadalajara.gob.mx/tramites/denuncia- segura;

  1. Correo electrónico: denuncias@guadalajara.qob.mx

En el módulo de atención de la Contraloría Ciudadana, ubicado en Avenida 5 de febrero número 249, colonia Las Conchas, Guadalajara, se recibirán por escrito las quejas, denuncias y/o inconformidades.

 

    1. AVISO DE PRIVACIDAD/PROTECCIÓN DE DATOS

El manejo de los expedientes que se formen con motivo de las presentes Reglas de Operación deberá cumplir con  el Aviso de Privacidad publicado en el portal oficial https://transparencia.guadalajara.gob.mx/sites/default/files/AvisoPrivacidad.pdf;

 

    1. CASOS NO PREVISTOS

Los casos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos con base a las Reglas de Operación del Programa “Estancias Infantiles Municipales”, o en su caso por el comité dictaminador.

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Guadalajara Incluyente

Guadalajara Incluyente

martes, 13 de febrero de 2024

EL GOBIERNO MUNICIPAL DE GUADALAJARA A TRAVÉS DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE COMBATE A LA DESIGUALDAD EMITE LA SIGUIENTE:

 

CONVOCATORIA

 

Del programa denominado:

“Guadalajara Incluyente”.

DIRIGIDA A:

 

Personas con Discapacidad en general en un rango de edad de 3 a 80 años, que vivan en el Municipio de Guadalajara.

 

CONSIDERANDO

 

PRIMERO: Que el Código de Gobierno Municipal de Guadalajara en su artículo 235 Sexies dispone que la Coordinación General de Combate a la Desigualdad, tiene por objeto fomentar el desarrollo y la ejecución de programas sociales que impulsen el progreso social responsable e incluyente, para garantizar un crecimiento equitativo y sustentable para la población municipal.

 

SEGUNDO: Que en la sesión ordinaria del Ayuntamiento celebrada el día 23 de enero de 2024, se aprobó el decreto municipal número D 47/12 bis/24 correspondiente a la iniciativa de decreto que tiene por objeto autorizar el programa denominado “Guadalajara Incluyente” así como las Reglas de Operación para el Ejercicio Fiscal 2024 de las cuales se emite la presente convocatoria, al tenor de las siguientes

 

BASES

 

1. OBJETIVOGENERAL:

 

Mejorar la calidad de vida de las Personas con Discapacidad en la comunidad al proporcionarles herramientas de apoyo que promuevan su autonomía, inclusión y participación activa en la sociedad.

 

2. OBJETIVOSESPECÍFICOS:

 

I. Facilitar el acceso a herramientas de apoyo: Garantizar que las Personas con Discapacidad tengan acceso a dispositivos esenciales, como aparatos auditivos, sillas de ruedas convencionales etc.; que les permitan superar

 

"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social".

 

 

 

 

 

 

 

 

 

barreras y desafíos cotidianos.
Fomentar la inclusión y participación: Promover la inclusión social y la

 

participación activa de las Personas con Discapacidad en la comunidad, garantizando que puedan interactuar plenamente en actividades educativas, laborales, culturales y sociales, al proporcionarles las herramientas necesarias para hacerlo.

 

3. CARACTERÍSTICASDELAPOYO:

 

Una herramienta de apoyo dependiente de la discapacidad que acredite para cada uno de los beneficiarios.

 

4. DOCUMENTACIÓNREQUERIDA;

 


  • ●  Certificado de Discapacidad o en su defecto credencial de discapacidad, emitida por el Gobierno Federal.


  • ●  Identificación oficial con fotografía vigente, en caso de ser menor de edad de madre, padre o tutor (credencial de elector, pasaporte o cedula profesional);


  • ●  Acta de Nacimiento del solicitante.


  • ●  Deberá firmar una carta bajo protesta de decir la verdad, que le será

    entregada al momento de realizar su registro.


  • ●  Comprobante de domicilio con vigencia no mayor a tres meses para acreditar

    la residencia en el Municipio de Guadalajara; los cuales pueden ser:

 


  • ????  Recibo de servicio de energía eléctrica (CFE) vigente.


  • ????  Recibo de servicio de agua potable y alcantarillado (SIAPA).


  • ????  Teléfono fijo o servicio de cable de cualquier compañía.


  • ????  Pago de predial del año en curso a nombre del solicitante y/o de algún familiar

    directo.


  • ????  Constancia de Residencia emitida por la Secretaria General del Municipio de

    Guadalajara.

 

5. DERECHOS, OBLIGACIONES Y SANCIONES;

 

Derechos:
1. Recibirlainformaciónsobrelaoperacióndelprograma;
2. Recibirtodoslosapoyosdelprogramasincostoocondicionamientoalguno;y 3. Recibiruntratodignoporpartedelosfuncionarios.

 

Obligaciones:
1. Proporcionarinformaciónverídica;

 

"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social".

 

 

 

 

 

 

 

 

 


  1. Firmar el recibo de apoyo, en el periodo y lugar que la Dirección de Inclusión y Atención a Personas con Discapacidad determine.


  2. Notificar a la Dirección de Inclusión y Atención a Personas con Discapacidad, cualquier cambio de domicilio y/o teléfono tanto del beneficiario como del padre o tutor en un plazo no mayor a 30 días hábiles de la fecha de cambio.


  3. Cumplircontodosloslineamientosdelprograma;


  4. Atender las visitas de la dependencia con personal debidamente identificado

    para la actualización de datos de cuestionario socioeconómico, padrón de

    personas beneficiarias y demás información que requiera el programa;


  5. Acudir a todos los llamados que convoque la Dirección de Inclusión y Atención a Personas con Discapacidad, con motivo de verificar y actualizar el

    padrón de personas beneficiarias y sus expedientes.

 

Sanciones.

 

Suspensión del Apoyo en los siguientes supuestos:

 


  • a)  Cuando se identifique información incorrecta o inconsistencias en los datos personales y/o documentos entregados por la persona beneficiaria;


  • b)  Ante el incumplimiento de los lineamientos del programa;


  • c)  Cuandolapersonabeneficiarianoacudaaloseventosoconvocatoriasquela

    Dirección de Inclusión y Atención a Personas con Discapacidad solicite, con la finalidad de dar seguimiento a la efectividad del programa y actualizar datos del padrón de beneficiarios.


  • d)  Cuando se detecte una posible duplicidad de datos personales de la persona beneficiaria.

 


  1. TEMPORALIDADDELPROGRAMA;

    Fecha de convocatoria del 06 de febrero 2024 al 23 de febrero del 2024.


  2. ÁREARESPONSABLE;

 

Dirección de Inclusión y Atención a Personas con Discapacidad.

 

8. PUBLICACIÓNDERESULTADOS;

 

Las Reglas de Operación y la convocatoria respectiva, están publicadas para su consulta en la página electrónica del municipio en la Gaceta Municipal de Guadalajara, https://transparencia.guadalajara.gob.mx/gacetamunicipal2024 y en los canales institucionales de comunicación como las redes sociales.

 

Cada trimestre se actualizará la Matriz de Indicadores de Resultados correspondiente, con los avances del programa publicados para su consulta en la

 

"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social".

 

 

 

 

 

 

 

 

 

página electrónica de transparencia del municipio

 

https://transparencia.guadalajara.gob.mx/matrices-indicadores-21-24

 

9. RESTRICCIONESPARAELREGISTRO;

 

No cumplir con lo establecido en las Reglas de Operación del Programa.

 

10.DATOS PARA ENTREGA DE EXPEDIENTES, DE CONTACTO Y PARA MAYORES INFORMES RESPECTO AL PROGRAMA;

 

Oficinas de la Dirección de Inclusión y Atención a Personas con Discapacidad, ubicadas en Calle 5 de febrero 249, colonia las Conchas Guadalajara, Jal., dentro del horario de atención de las 09:00 a las 15:00 horas.

 

Teléfono 3336691300 Ext: 1486 – 1628 - 1561.

 

11. PROCEDIMIENTO PARA QUEJAS, DENUNCIAS, INCIDENCIAS, INCONFORMIDAD DE
PERSONAS BENEFICIARIAS Y CIUDADANOS.

 

En caso de existir quejas o denuncias con motivo de la ejecución del programa, deberán presentarse a la Contraloría Ciudadana de Guadalajara, en los siguientes mecanismos que tiene habilitados:

 


  • I.-  Buzones físicos: Ubicados en las distintas sedes del gobierno municipal;


  • II.-  Línea directa Whatsapp 33126-42356,


  • III.-  Línea telefónica a través del número telefónico: (33) 36691300 ext. 8238;


  • IV.-  Página de Internet en la siguiente liga https.//guadalajara.gob.mx/denuncias/


  • V.-  Correo electrónico: denuncias@guadalajaragob.mx


  • VI.-  De manera presencial en el módulo de atención de la Contraloría Ciudadana,

 

ubicado en Avenida 5 de febrero número 249, colonia Las Conchas, Guadalajara, de lunes a viernes, de 09:00 a 15:00 horas; y
VII.- Módulos itinerantes para recepción de denuncias en lugares públicos en dónde se celebran eventos masivos.

 

12. AVISO DE PRIVACIDAD/PROTECCIÓN DE DATOS:

 

El manejo de los expedientes que se formen con motivo de las reglas de operación del programa, además de cualquier otro dato personal recabado, estarán a lo dispuesto por la normatividad vigente y el siguiente Aviso de Privacidad publicado en el portal oficial:

 

https://transparencia.guadalajara.gob.mx/avisosprivacidad

 

"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social".

 

 

 

 

 

 

 

 

 

13.CASOS NO PREVISTOS

 

Los casos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos con base a las Reglas de Operación del Programa: “Guadalajara incluyente”, o en su caso por el comité dictaminador.

 

 

 

 

 

"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social". 

 

 

 

 


 

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GRACIAS A TI

GRACIAS A TI

martes, 13 de febrero de 2024

EL GOBIERNO MUNICIPAL DE GUADALAJARA A TRAVÉS DE LA COORDINACIÓN

GENERAL DE COMBATE A LA DESIGUALDAD EMITE LA SIGUIENTE:

 

C O N V O C A T O R I A

“GRACIAS A TI”

 

DIRIGIDA A:

 

Personas habitantes del municipio de Guadalajara, mayores de 18 años de edad que desempeñen la función de cuidador(a) primario (a), a favor de un familiar, cónyuge, hijo(a), padre, madre, abuelo(a), hermano (a), nieto (a) y tío (a), con cualquier tipo de discapacidad ya sea congénita o adquirida (motora, intelectual, sensorial-auditiva y/o visual, psicosocial) y que cuente con el certificado de discapacidad que determine la naturaleza , grado y temporalidad de dependencia, mencionando que requiere cuidador.

 

CONSIDERANDO

 

PRIMERO: Que el Código de Gobierno Municipal de Guadalajara en su artículo 235 Sexies dispone que la Coordinación General de Combate a la Desigualdad, tiene por objeto fomentar el desarrollo y la ejecución de programas sociales que impulsen el progreso social responsable e incluyente, para garantizar un crecimiento equitativo y sustentable para la población municipal.

 

SEGUNDO: Que en la sesión ordinaria del Ayuntamiento celebrada el día 23 de Enero del 2024, se aprobó el decreto municipal número D 47/12bis/24 correspondiente a la iniciativa de decreto que autoriza las Reglas de Operación, tiene por objeto autorizar el programa “Gracias a ti”, así como las Reglas de Operación para el Ejercicio Fiscal 2024 de las cuales se emite la presente convocatoria, al tenor de las siguientes:

 

  BASES

 

  1. OBJETIVO GENERAL:

 

Contribuir al apoyo económico de las personas cuidadoras primarias de personas con discapacidad congénita o adquirida, con grado de dependencia severa, profunda o total (preferentemente) a través de la entrega de un recurso económico bimestral.

 

  1. OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

 

  • Promover el bienestar individual de las personas cuidadoras primarias, y de los hogares con al menos un integrante de la familia con discapacidad congénita o adquirida, con grado de dependencia severa, profunda o total (preferentemente).
  • Documentar datos de educación y condición económica de las personas cuidadoras primarias, para generar información estadística.

 

 

 

  1. CARACTERÍSTICAS DEL APOYO:

 

En el ejercicio fiscal 2022, el Gobierno Municipal de Guadalajara, a través de la Coordinación General de Combate a la Desigualdad, implementó el programa “Gracias a ti”, con el objetivo de contribuir al ingreso económico de las personas cuidadoras primarias de personas con discapacidad congénita o adquirida, con grado de dependencia severa, profunda o total preferentemente.

 

  1. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA;

 

Los documentos requeridos serán los siguientes en original y copia para cotejo:

  1. Identificación oficial con fotografía vigente, (credencial de elector, pasaporte o cédula profesional);
  2. Acta de Nacimiento legible del solicitante y dependiente para acreditar el parentesco;
  3. Comprobante de domicilio con vigencia no mayor a tres meses para acreditar la residencia de ambos en el municipio de Guadalajara; los cuales pueden ser:

 

  1. Recibo de servicio de energía eléctrica (CFE) vigente;
  2. Recibo de servicio de agua potable y alcantarillado (SIAPA);
  3. Teléfono fijo o servicio de cable de cualquier compañía;
  4. Pago de predial del año en curso a nombre del solicitante y/o de algún familiar directo; o
  5. Constancia de Residencia emitida por la Secretaria General del municipio de Guadalajara. https://tramites.guadalajara.gob.mx/tramites/certificado-de-residencia

 

  1. Certificado de discapacidad que determine la naturaleza, grado y temporalidad de dependencia de su cuidador, emitidos por la Unidad de Valoración de Personas con Discapacidad, dependiente de la Secretaría de Salud mencionando que requiere cuidador.

 

 

  1. DERECHOS, OBLIGACIONES Y SANCIONES;

Derechos:

 

  1. Recibir la información sobre la operación del programa;
  2. Recibir todos los apoyos del programa sin costo o condicionamiento alguno; y
  3. Recibir un trato digno por parte de los funcionarios.

 

Obligaciones:

  1. Proporcionar información verídica;
  2. Notificar a el Área de Apoyo Social a Cuidadores de Personas con Discapacidad, cualquier cambio de domicilio tanto del beneficiario o del receptor de cuidados, debiendo comprobarlo con los documentos señalados en el punto 11 fracción IV de las presentes Reglas de Operación en un plazo no mayor a 30 días hábiles;
  3. Cumplir con todos los lineamientos del programa; y corresponsabilidad con el mismo.
  4. Acudir a las oficinas del Área de Apoyo Social a Cuidadores de Personas con Discapacidad, en horarios hábiles o a puntos de atención cercanos a su domicilio, que previa convocatoria señale la Dirección de Programas Sociales Municipales, para recabar la firma de recibos de apoyos otorgados bimestralmente;
  5. Atender las visitas de la dependencia con personal debidamente identificado para la actualización de datos de cuestionario socioeconómico, padrón de personas beneficiarias y demás información que requiera el programa; y
  6. Acudir a todos los llamados que convoque la Dirección de Programas Sociales Municipales; a través del Área de Apoyo Social a Cuidadores de Personas con Discapacidad, con motivo de verificar y actualizar el padrón de personas beneficiarias y sus expedientes.

 

 

Responsabilidades.

  1. Firmar los recibos de apoyo bimestrales, en el periodo y lugar en que la jefatura del programa determine; y
  2. Notificar al Área de Apoyo Social a Cuidadores de Personas con Discapacidad conocido como Jefatura Gracias a Ti, cualquier cambio de domicilio, teléfono, accidente, caso especial, etc., ya sea de la persona beneficiaria o de la receptora de cuidados en un plazo no mayor a treinta días naturales después de ocurrido el cambio.

 

Motivos para suspender el apoyo.

Suspensión de la Emisión del Apoyo Económico, en los siguientes supuestos:

  1. Cuando se identifique información incorrecta o inconsistencias en los datos personales y/o documentos entregados por la persona beneficiaria;
  2. Cuando se detecte el incumplimiento en el plazo señalado de la notificación a el Área de Apoyo Social Cuidadores de Personas con Discapacidad, de cualquier cambio de domicilio tanto del beneficiario o del receptor de cuidados, con los documentos señalados en el punto 11 fracción IV de las presentes reglas de operación;
  3. Ante el incumplimiento de los lineamientos del programa;
  4. Cuando la persona beneficiaria no acuda al Área de Apoyo Social a Cuidadores de Personas con Discapacidad o puntos de atención cercanos a su domicilio, que previa convocatoria señale la Dirección de Programas Sociales Municipales, para recabar la firma de recibos de apoyos otorgados bimestralmente;
  5. Cuando se realice la visita domiciliaria hasta en dos ocasiones y no sea localizada la persona beneficiaria; y
  6. Cuando se detecte una posible duplicidad de datos personales de la persona beneficiaria.

 

La suspensión temporal de los depósitos, así como el motivo de suspensión, se notificará mediante un aviso visible que se fijará en un lugar accesible de las oficinas del Área de Apoyo Social a Cuidadores de Personas con Discapacidad conocida como Jefatura del programa “Gracias a Ti”, dependiente de la Dirección de Programas Sociales Municipales. Será respetado en todo caso, el derecho de audiencia de las personas beneficiarias afectadas.

 

En caso de persistir incumplimiento en lo establecido en las presentes Reglas de Operación, se procederá a notificar al Comité Dictaminador del programa. 

 

 

  1. TEMPORALIDAD DEL PROGRAMA;

La vigencia de este programa inicia el día de la publicación de las Reglas de Operación en la Gaceta Municipal del Ayuntamiento de Guadalajara, por el periodo que abarque el ejercicio fiscal 2024 o hasta agotar el techo presupuestal, fecha de convocatoria a partir de la fecha de publicación hasta el 27 de febrero 2024.

 

  1. ÁREA RESPONSABLE;

La Coordinación General de Combate a la Desigualdad, a través de la Dirección de Programas Sociales Municipales y la Unidad del apoyo del Programa conocida como la Jefatura del programa “Gracias a ti” serán la responsables de administrar y coordinar las actividades relacionadas con la implementación del programa.

 

  1. PUBLICACIÓN DE RESULTADOS;

El padrón de beneficiarios del programa se publicará en el sitio oficial del Gobierno de Guadalajara correspondiente a transparencia, así mismo cada trimestre se publicarán los avances del programa de acuerdo a la matriz de Indicadores de Resultados.

 

 

  1. RESTRICCIONES PARA EL REGISTRO;

No podrán aspirar a ser personas beneficiarias del programa:

  1. Personas cuidadoras primarias de personas con discapacidad menores de 18 años;
  2. Personas cuidadoras primarias de personas con discapacidad cuyo domicilio se ubique fuera de los límites de la ciudad de Guadalajara.

 

  1. DATOS PARA ENTREGA DE EXPEDIENTES, DE CONTACTO Y PARA MAYORES INFORMES RESPECTO AL PROGRAMA;

Presentarse en las oficinas de la Dirección de Programas Sociales Municipales, ubicadas en Calle 5 de febrero 249, colonia las Conchas en ésta ciudad de Guadalajara, al teléfono 33-36-69-13-00 extensiones 1497 y 1595.

 

  1. PROCEDIMIENTO PARA QUEJAS, DENUNCIAS, INCIDENCIAS, INCONFORMIDAD DE

PERSONAS BENEFICIARIAS Y CIUDADANOS.

En caso de existir quejas o denuncias con motivo de la ejecución del programa y con motivo de las medidas de aislamiento social que han sido dictadas por las autoridades competentes, deberán presentarse a la Contraloría Ciudadana de Guadalajara, en los siguientes mecanismos que tiene habilitados: 

I.- Buzones físicos: Ubicados en las distintas sedes del gobierno municipal;

II.- Línea directa Whatsapp 33126-42356, 

III.- Línea telefónica a través del número telefónico: (33) 36691300 ext. 8238;

IV.- Página de Internet en la siguiente liga https.//guadalajara.gob.mx/denuncias/ 

V.- Correo electrónico: denuncias@guadalajaragob.mx

VI.- De manera presencial en el módulo de atención de la Contraloría Ciudadana, ubicado en Avenida 5 de febrero número 249, colonia Las Conchas, Guadalajara, de lunes a viernes, de 09:00 a 15:00 horas; y

 VII.- Módulos itinerantes para recepción de denuncias en lugares públicos en dónde se celebran eventos masivos.

 

  1. AVISO DE PRIVACIDAD/PROTECCIÓN DE DATOS:

El manejo de los expedientes que se formen con motivo de las presentes Reglas de Operación deberá cumplir con  el Aviso de Privacidad publicado en el portal oficial https://transparencia.guadalajara.gob.mx/sites/default/files/AvisoPrivacidad.pdf;

 

  1. CASOS NO PREVISTOS

Los casos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos con base a las Reglas de Operación del Programa: “GRACIAS A TI”, o en su caso por el comité dictaminador.

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